Pena en suspenso y libertad para un narcomenudista villanovense
martes, 4 de diciembre de 2018 · 00:00
Cámara del Crimen - Vendía drogas a domicilio y en la modalidad “delivery”
Se trata de Juan Vesprini, un albañil que se declaró culpable de comercializar estupefacientes en su casa de la vecina ciudad. Como la condena fue de ejecución condicional, lo excarcelaron ni bien concluyó el juicio. Estaba preso desde el 24 de abril
La jueza Eve Flores de Aiuto le impuso ayer una condena de tres años de prisión en suspenso a un trabajador de la construcción que admitió haber vendido drogas en Villa Nueva y ordenó su inmediata libertad al concluir el juicio realizado en la Cámara del Crimen local.
Juan Carlos Vesprini (32) se sentó por primera vez en el banquillo de los acusados, imputado como presunto autor de “comercialización de estupefacientes”, un delito que es reprimido con cárcel de cuatro a 15 años.
Vesprini, apodado “Garófalo”, fue detenido en horas de la noche del pasado martes 24 de abril por personal de la Fuerza Policial Antinarcotráfico, que realizó dos allanamientos (uno en San Martín al 800 y el otro Intendente Paviotti al 600), donde secuestró varias dosis de clorhidrato de cocaína y picadura de marihuana, además de algunos “porros”, dinero en efectivo y otros elementos relacionados con la venta ilegal de sustancias prohibidas.
Durante los operativos, supervisados por la Fiscalía de Lucha contra el Narcotráfico de Villa María, la FPA arrestó a Vesprini, quien no solo se dedicaba a la comercialización de ambas drogas en su vivienda particular, sino que también en la modalidad “delivery”, es decir con las entregada a domicilio.
Las investigaciones policiales permitieron establecer que el narcomenudista realizaba la actividad ilegal desde -al menos- febrero de este año. Y el día de los allanamientos, minutos antes de detenerlo, fue interceptado un circunstancial cliente que acababa de comprarle una dosis de cocaína.
Admitió su culpa
A poco de iniciada la audiencia de debate y tras la lectura de la pieza acusatoria por parte de la secretaria Gabriela Sanz, Vesprini declaró en la sala, admitiendo los hechos que se le atribuían, y su confesión posibilitó que el juicio se abreviara en su desarrollo ya que no se receptaron pruebas testimoniales.
Posteriormente, las partes coincidieron en incorporar “por lectura” toda la prueba colectada en el expediente y, tras cartón, pasaron a emitir sus conclusiones.
En esta instancia del proceso no hubo acuerdo entre el fiscal Francisco Márquez y la asesora letrada Silvina Muñoz, ya que difirieron en cuando al monto de la pena a aplicar.
Como se trataba de un convicto primario, que además reconoció plenamente su responsabilidad penal, el titular del Ministerio Público pidió la sanción mínima prevista por el artículo 5 de la Ley Federal de Estupefacientes Nº 23.737.
A su turno, la defensora oficial planteó la inconstitucionalidad de la escala penal para el tipo de delito que se le atribuía a Vesprini, invocando un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia, de octubre de 2016, que declaró “inconstitucional la escala penal para el último eslabón del comercio de estupefacientes” y sostuvo que la pena mínima “viola el principio de proporcionalidad de las penas y de igualdad ante la ley”.
Jurisprudencia
Al resolver un recurso de casación en la causa “Loyola, Sergio Alejandro, por supuesto autor de comercialización de estupefacientes”, el TSJ cordobés sentó jurisprudencia en la materia y cada vez que una persona es juzgada por ese delito, la Defensa invoca dicho fallo y solicita que la condena sea de tres años, con lo cual el acusado queda a las puertas de la “libertad condicional” si se trata de un convicto primario.
Muñoz hizo referencia a ese dictamen del máximo tribunal judicial de la Provincia y solicitó la inconstitucionalidad de la norma antes descripta y pidió una pena de tres años de prisión en suspenso para Vesprini.
Al momento de dictar sentencia, la magistrada hizo lugar al requerimiento de la Defensa y le impuso al albañil villanovense la pena solicitada y ordenó su inmediata libertad.
De todos modos, “Garófalo” deberá cumplir una serie de reglas de conducta, sobre todo no cometer un nuevo delito que deje sin efecto la condicionalidad de la pena.
Juan Vesprini nació en Villa María el 3 de julio de 1986 y durante el juicio admitió ser adicto a las drogas, además de haber realizado un tratamiento para recuperarse.