JUSTICIA
La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina contra el juez Ricardo Lorenzetti
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó in limine, por unanimidad, la recusación presentada por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti, en el marco de la causa CFP 5048/2016 sobre incidente de recurso extraordinario. El máximo Tribunal, con el voto de sus tres miembros -Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y el propio Lorenzetti-, consideró que el planteo fue presentado fuera de los plazos procesales y carece de fundamentos jurídicos suficientes.
La recusación había sido promovida el pasado 5 de mayo, invocando como causal una supuesta falta de imparcialidad del magistrado, basada en notas periodísticas, disidencias en fallos del Tribunal, declaraciones televisivas del juez y una denuncia realizada en el Senado por la senadora Anabel Fernández Sagasti. Según los abogados defensores, el comportamiento de Lorenzetti vulneraría los principios de imparcialidad judicial establecidos en los Principios de Bangalore y en precedentes jurisprudenciales como el caso “Llerena”.
La Corte evaluó que la mayoría de los hechos alegados ya eran conocidos con anterioridad a la presentación del recurso extraordinario del 13 de febrero y, por tanto, debieron haberse planteado en ese momento. En cuanto a las declaraciones posteriores -como una entrevista dada por Lorenzetti el 1 de mayo, donde afirmó que la Corte debía resolver con prontitud antes de las elecciones-, el Tribunal concluyó que no constituían una causal objetiva ni comprobable de recusación.
“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, subrayó la Corte, que también remarcó que la defensa no ofreció pruebas para sostener las acusaciones ni invocó causal específica prevista por el Código Procesal Penal.
Un revés también para Javier Milei
El juez federal Daniel Rafecas desestimó sendas denuncias penales presentadas por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad, al considerar que sus expresiones están amparadas por el derecho a la libertad de prensa y no constituyen delito alguno.
En el caso de Pagni, la presentación de Milei había sido motivada por comentarios realizados en su programa “Odisea Argentina” (LN+), donde el periodista, según el presidente, insinuaba un paralelismo entre su ascenso al poder y el de Adolf Hitler. El mandatario consideró que tales afirmaciones afectaban su honor y reputación. En igual sentido, el juez desestimó otra denuncia de Milei contra Ari Lijalad, quien había publicado el 4 de mayo una columna en el portal “El Destape” titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”.
