Oficialización - Los entes reguladores de servicios públicos deben garantizar la calidad de sus prestaciones

Beneficio para Bomberos Voluntarios

La implementación del Régimen Tarifario Especial Gratuito alcanza, entre otros, a las asociaciones y federaciones de los servidores públicos, al Consejo de Federaciones y a la Fundación de Bomberos del país
miércoles, 18 de enero de 2023 · 08:30

El Gobierno nacional oficializó este martes, según se informó en el Boletín Oficial, la implementación del Régimen Tarifario Especial Gratuito instituido en la Ley de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.

El régimen entró en vigencia a través de la oficialización del Decreto 23/2023, publicado con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; el ministro de Economía, Sergio Massa; y su par de Seguridad, Aníbal Fernández.

Establecido en la Ley N° 27.629, aprobada el 15 de junio de 2021, beneficia a “asociaciones y federaciones de Bomberos Voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de Argentina, así como a entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios establecido por la Ley N° 25.054 y sus modificatorias”.

También será destinado a “los inmuebles que funcionen de forma permanente como oficinas administrativas, cuarteles y/o destacamentos operativos de los mismos”, destaca el texto.

En tanto, el beneficio “deberá quedar plasmado en la facturación por la prestación de los servicios públicos para la provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.

A fin de instrumentarlo, se emitirá una “constancia de inscripción en el registro y organizaciones no gubernamentales” autorizadas por “los entes reguladores”.

Asimismo, se instruye “a los entes reguladores de servicios públicos a garantizar que la calidad y las condiciones del servicio público brindado bajo el Régimen Tarifario Especial Gratuito a los sujetos beneficiarios del mismo resulten equivalentes a las que reciben el resto de los usuarios” y se los faculta a “dictar las normas complementarias” para su aplicación.

Las normas, cabe aclarar, deberán ser dictadas dentro de los 60 días, desde ayer.

 

Se puede apelar por la web

La AFIP modificó la normativa correspondiente al Monotributo para facilitar la interposición de apelaciones ante casos de recategorización de oficio, a través de la Resolución General 5.316/2023 publicada ayer en el Boletín Oficial. Desde ahora el contribuyente puede apelar vía web la recategorízación -tanto si fue realizada presencialmente como por medios informáticos- a través del servicio Presentaciones Digitales.

 

Programa de asistencia - Llega Impulso Tambero

El Ministerio de Economía reglamentó ayer el programa de asistencia Impulso Tambero. Con una inversión de $ 9.100 millones está dirigido a pequeños y medianos productores del sector, afectados por la sequía y el impacto del denominado dólar soja en los costos de alimentación y alquiler de tierras. El programa otorga una suma fija en pesos por litro de leche durante cuatro meses, de acuerdo con dos estratos: aquellos que hayan producido un promedio diario entre octubre de 2021 y septiembre de 2022 de hasta 1.500 litros, percibirán $ 15 por litro; mientras que quienes hayan registrado un promedio superior a esa cantidad y de hasta 5 mil litros percibirán $ 10 por litro, con un monto máximo mensual de compensación de $ 600 mil para ambas categorías.