La reforma apunta a actualizar los topes máximos de facturación

Se presentó el proyecto de reforma del Monotributo 2022

Massa impulsó adelantar seis meses el alza por movilidad jubilatoria de los topes de facturación para monotribustitas sin que eso represente un alza en las cuotas que se pagan

Las escalas de facturación del Monotributo pueden cambiar desde julio próximo, si el Congreso avanza en la propuesta del jefe de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y los legisladores Leandro Santoro y Mónica Litza. La iniciativa contempla adelantar a julio parte de la actualización anual que sigue la fórmula de movilidad jubilatoria.

El proyecto, que además de los mencionados anteriormente lleva las firmas de Alejandro “Topo” Rodríguez y Margarita Stolbizer fue presentado ayer y el objetivo es comenzar a tratarlo en comisión esta misma semana.

La iniciativa apunta a que se aplique desde el 1 de julio próximo un incremento del 29,1% a las escalas, en línea con lo que la fórmula previsional arrojó en el primer semestre del año (por los aumentos de marzo y junio para los jubilados, pensionados y demás prestaciones que paga la ANSES).

 

El proyecto

La reforma apunta a mantener sin cambios las cuotas mensuales a pagar, pero actualizar los topes máximos de facturación para que los 4,5 millones de monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado, si sus ingresos crecieron en términos nominales por efecto de la alta inflación.

Además, se intenta que se pongan en marcha en julio, cuando los monotributistas deben hacer la segunda recategorización obligatoria del año ante la AFIP. El ajuste semestral para los pequeños contribuyentes ya se había hecho en 2021, en medio de una polémica reforma del Régimen Simplificado que quedó en la nada y fue reemplazada por un proyecto de Massa.

 

Escalas

Si prospera la iniciativa de Massa, los topes de facturación anual según la escala del contribuyente subirán desde el 1° de junio de la siguiente manera:

Categoría A: pasará de $466.201,59 a $601.959,49 anuales

Categoría B: de $693.002,36 a $894.840,65 anuales;

Categoría C: desde $970.203,30 a $1.252.726.50;

Categoría D: de $1.335.604,55 a $1.724.532,59;

Categoría E: de $1.764.006,01 a $2.277.684,56;

Categoría F: de $2.205.007,51 a $2.847.105,70;

Categoría G: de $2.646.009,01 a $3.416.526,83;

Categoría H: de $3.276.011,15 a $4.229.985,60;

Categoría I: de $3.666.612,48 a $4.734.330,03;

Categoría J: de $4.202.114,31 a $5.425.770;

Categoría K: de $4.662.015,87 a $6.019.594,89.