Lo puso en marcha la AFIP
Oficializan el nuevo "dólar turista"
Los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los USD 300 al mes, pagarán un 25% como adelanto de Bienes PersonalesEl Gobierno oficializó ayer los cambios en el cobro de la percepción para el llamado "dólar turista", como también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.
La decisión fue respaldada por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto, quien destacó la necesidad de priorizar el uso de las divisas para la producción local.
La primera medida establece que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los USD 300 al mes, pagarán una percepción extra del 25% en concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.
También abarcará a los considerados bienes suntuarios o "de lujo" comprados en el exterior, como automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas prémium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas; máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.
Los consumos por menos de USD 300 por mes seguirán pagando el tipo de cambio más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.
Asimismo, se aclaró que no se encuentran sujetas al régimen de percepción los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en "el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la ciudad de Buenos aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino".
Tampoco regirá en el caso de "gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos".
Del mismo modo, no quedarán sujetas al régimen la compra de materiales de equipamiento para la lucha contra el fuego.
En tanto, se resolvió que los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas como recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de esparcimiento, deberán pagar el impuesto PAIS del 30% para girar dólares a otro país, por lo que deberán abonar un dólar de $ 205,35 al tipo de cambio que cerró el miércoles, para poder hacer este movimiento de divisas.
