Los detalles fueron publicados ayer en el Boletín Oficial

Reglamentaron la Ley de Aporte Solidario

Están obligados a pagarlo por única vez alrededor de 12 mil contribuyentes
sábado, 30 de enero de 2021 · 08:30

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (Ley 27.605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse ayer la edición del Boletín Oficial.

La Ley 27.605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el Impuesto a los Bienes Personales más de 200 millones de pesos (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio).

La norma, en ese aspecto, establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75% para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y $3.000 millones. Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%.

De esta manera, estarían obligados a pagar alrededor de 12 mil contribuyentes.

Además, la Ley 27.605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia, un 20% a apoyar a empresas Pymes, un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

La Ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de COVID-19.

La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la Comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FDT-CABA), y el jefe del bloque del FDT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.

La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de ayer, viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.

Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas “actividades operativas” ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como “activos financieros”.

El Decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de “instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos” y evitar así las operaciones de evasión impositiva.

En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que, a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas, fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.

 

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