Emergencia Sanitaria – Nueva resolución

Tarjetas de créditos: financiación en nueve cuotas y con tres meses de gracia

Las cuotas deberán ser iguales, consecutivas y con una tasa nominal anual de 43%, dispuso el Banco Central.
viernes, 10 de abril de 2020 · 18:32

Las entidades del sistema financiero deberán refinanciar los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo con tres meses de gracia, en nueve cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y una tasa nominal anual de 43%.

Según dispuso el Banco Central en el actual contexto de emergencia por la pandemia de coronavirus, los clientes que opten por no pagar el total del vencimiento no deberán realizar trámite alguno para acceder a este beneficio.

A comienzos de mes, el organismo ya había dispuesto el traslado del vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios.

La nueva medida, adoptada mediante la Comunicación “A” 6964, comprende a los saldos impagos de los vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril.

La circular dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49%), con vigencia a partir del 13 de abril, de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito.

De esta manera, se asegura garantizar que la trayectoria de dicha tasa esté alineada con la tasa de política monetaria:

En marzo se estableció un tope de 55% que luego bajó a 49% y ahora a 43%, con la eliminación de los intereses punitorios.

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