Se actualizarán cada tres meses
Puntos centrales de la Ley de Movilidad Jubilatoria
Los futuros aumentos se resolverán de acuerdo al crecimiento de la recaudación de la ANSES y de los salariosEl nuevo sistema para el incremento de los ingresos de los jubilados, convertido en ley el martes por la Cámara de Diputados, establece que los futuros aumentos de los haberes de la clase pasiva se resolverán de acuerdo con el crecimiento de la recaudación de la ANSES y de los salarios.
El plenario legislativo dio sanción definitiva con el respaldo del Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, el interbloque de Unidad Federal para el Desarrollo, bloque justicialista y Córdoba Federal del Interbloque Federal, Acción Federal y el Movimiento Popular Neuquino.
El rechazo de la propuesta oficialista aglutinó a un heterogéneo grupo de bloque de diferente orientación política como Juntos por el Cambio (JxC), la izquierda, el socialismo y Consenso Federal.
El proyecto fue aprobado por 132 votos contra 119 luego agotar un extenso tratamiento que se prolongo mas diez horas, que culminó con los cierres de alto contenido políticos y acusaciones cruzadas entre Kirchner y el titular de JxC, Mario Negri.
La Ley fija una nueva movilidad jubilatoria que remplazará la fórmula utilizada durante el gobierno de Mauricio Macri.
Los principales puntos de la iniciativa promovida por el presidente Alberto Fernández son los siguientes:
- Jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares se actualizarán cada tres meses.
- Los aumentos se aplicarán en marzo, junio, septiembre y diciembre.
- Se aplicará un índice que combina un 50% de la evolución de los salarios del INDEC y del RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) de Seguridad Social y un 50% de la recaudación tributaria de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- En ningún caso, la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.
- La Anses elaborará y aprobará el índice trimestral de la movilidad y realizará su posterior publicación.
- Se dispone que la primera actualización sobre la base de la movilidad especificada en el párrafo anterior se hará efectiva a partir del 1 de marzo de 2021.
- Se establece que la movilidad dispuesta será aplicable a las prestaciones de los regímenes especiales a las que no se les aplique un incremento específico.
- Se faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que, en forma conjunta con el Ministerio de Economía y la Anses, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las normas aclaratorias y complementarias.
"Incremento enla capacidad de compra"
La directora ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta, aseguró ayer que la fórmula de movilidad aprobada el martes permitió durante su vigencia entre 2009 y 2017 que los jubilados tengan "un incremento en su capacidad de compra de un 26%, mientras que con la del gobierno anterior perdieron casi un 20% respecto de la inflación".
Así lo manifestó en referencia a la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria sancionada ayer en la Cámara de Diputados en el Congreso, la que determina que los haberes de los trabajadores pasivos se ajustarán con una fórmula que combina un 50% de la recaudación de la Anses y otro 50% de la variación salarial.
Raverta dijo que "esta nueva ley actualizará ingresos para 17 millones de personas, entre jubiladas y jubilados, chicas y chicos de la Asignación Universal y el salario familiar".
"El aumento de los haberes será cada tres meses -marzo, junio, septiembre y diciembre- y entrará en vigencia a partir del 1 de marzo del año entrante", agregó la funcionaria.
