La Justicia Federal rechazó un pedido de choferes de Uber
El juez federal subrogante de Villa María, Carlos Ochoa, se declaró incompetente para intervenir en el amparo colectivo presentado por 54 choferes de Uber contra la Municipalidad, tras la sanción de la Ordenanza 8.232 que regula el transporte por plataformas. Tras esto, el abogado Pablo Maccarini, representante de los trabajadores, apeló la decisión. Contactado por elDiario, el letrado explicó que al presentarse el amparo, se corrió vista a la fiscal María Schianni. “La fiscal dio una opinión negativa: consideró que no es una cuestión federal. Esto es vinculante para la resolución de la judicatura. La judicatura resolvió declarar improcedente el amparo, y nosotros apelamos esa decisión y se encuentra en una instancia superior”. Los conductores piden que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la norma y de sus eventuales sanciones, al considerar que afecta la competencia y el acceso al mercado, en presunta violación de la Ley 27.442. También sostienen que la ordenanza impone requisitos y restricciones que impactan de forma uniforme sobre quienes trabajan con aplicaciones en la ciudad.
Con dictamen previo de la fiscal Schianni, Ochoa resolvió que el caso no corresponde al fuero federal. En sus fundamentos, remarcó que la sola invocación de derechos constitucionales no habilita la intervención federal y que las ordenanzas municipales son materia de derecho público local. Señaló además que no existe comercio interjurisdiccional por el uso de plataformas digitales o medios de pago virtuales y advirtió que forzar una regulación uniforme afectaría la autonomía provincial y municipal.
Historia
Desde el mismo día que Uber comenzó a funcionar en Villa María comenzó el debate. Los primeros en reclamar fueron los taxistas, quienes cuestionaron la desigualdad de condiciones, dado que a ellos les exigen requisitos estrictos para trabajar mientras que a los Uber, nada.
Esto inició un debate en la ciudad que terminó de cerrarse con una ordenanza, la 8.232 que empezó a regir en noviembre del año pasado.
La normativa establece las reglas de juego para taxis y plataformas como Uber o Didi (denominadas, en la ordenanza vigente, ETMAD: Empresas de Transporte Mediado por Aplicaciones Digitales).
Además, fija una tarifa unificada, para taxis y aplicaciones, los prestadores podrán aplicar una flexibilidad de hasta el 20% por encima de ella, pero el precio estimado debe ser comunicado al usuario antes de la contratación.
Además, Villa María puso un límite al número total de habilitaciones para el servicio de autos de alquiler con conductor, fijando un máximo de una habilitación cada 170 habitantes.
Los Uber o similares deberán cumplir con una serie de requisitos para operar legalmente:
-Habilitación y Registro: deberán inscribirse en un registro especial y obtener la habilitación municipal.
-Transparencia: están obligadas a garantizar que su plataforma permita la identificación del conductor y vehículo, el registro del recorrido y la calificación del servicio por parte del usuario.
-Fiscalización: deben brindar información a la Autoridad de Aplicación para la correcta fiscalización.
-Deben estar inscriptos en el Registro Municipal de Conductores
-Poseer la Licencia de Conducir Profesional/Especial municipal.
Acreditar una residencia continua de dos años en Villa María. Además, se exigirá un curso especial y la presentación anual de certificados de antecedentes, incluyendo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Sanciones
El régimen sancionatorio es severo. Prestar el servicio sin la habilitación vigente de taxi o VTA implicará una multa mínima de 2.000 Unidades de Multa (U.M.), el retiro del vehículo y la inhabilitación del infractor por dos años.
En el caso de que una ETMAD funcione sin habilitación, la sanción mínima es de 1.500 U.M. y la clausura de la plataforma.
La autoridad de aplicación será el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la secretaría que disponga.
