TRIBUNAL DE CUENTAS
Con un reglamento interno
El Tribunal de Cuentas dictará hoy su Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento, una propuesta que busca dar “mayor celeridad y eficacia” en los trámites, según informó el municipio.
“De acuerdo a lo determinado por la Carta Orgánica Municipal, damos cumplimiento con los estándares actuales exigidos a las administraciones públicas en todos sus órdenes y estamentos”, remarcó el Gobierno local.
“Se sentarán las bases normativas como punto de partida para lograr la modernización integral del Tribunal de Cuentas, cuyo eje central siempre será el acceso a la información por parte del ciudadano”, añadió.
Se informó que el mayor objetivo es “lograr en menos de un año la despapelización, simplificación y facilitación de la actividad del Órgano, con trámites más simples, rápidos, accesibles y con la implementación de la firma digital”.
“Este beneficio implicará el intercambio electrónico de datos entre sectores del Estado municipal y el órgano de control”, indicó.
“El principio de accesibilidad nos llevará a una plataforma informática donde los distintos estamentos de la municipalidad, empresas, proveedores del Estado, y la ciudadanía en general pueda ingresar libremente al sistema del Tribunal de Cuentas y hacer un seguimiento on line de su trámite”, sostuvo el Gobierno.
Sigue en la Justicia
En cuanto a la información municipal, el concejal de la oposición, Manuel Sosa, dijo que el Ejecutivo fue al Tribunal Superior de Justicia en rechazo a lo dispuesto por la Cámara en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso Administrativo, que había determinado “hacer lugar a la demanda de amparo por mora para el acceso a la información de los actos del Estado municipal, y, en consecuencia, disponer mandamiento de pronto despacho a Municipalidad de Villa María para que proporcione al demandante la información requerida en el plazo de 20 días hábiles administrativos, bajo apercibimientos de ley”.
Al respecto, el Gobierno local indicó que el 23 de agosto se interpuso un Recurso de Casación, “que es un derecho constitucional”.
“La interposición del recurso se fundamenta en distintos ‘agravios’ que la sentencia causa, en cuanto se han violado derechos del municipio ante la errónea aplicación de la ley de fondo por parte de la Cámara local, por lo cual entendemos necesario una revisión de la sentencia en una instancia superior”, agregó. Y?reiteró que “la revisión de una sentencia judicial es un derecho constitucional”.
