Inmobiliarios de la ciudad finalizaron la ronda de reuniones en el Deliberante
Con todos los bloques, contra las franquicias
El último encuentro que mantuvieron los representantes de los colegios profesionales fue con Felipe Botta (UCR) y Pablo Perret (JxC)
Todo estaría listo ya para que baje al recinto de sesiones de la Casona de Mitre 90 el proyecto de ordenanza contra el desembarco en la ciudad de franquicias inmobiliarias.
“Luego de una serie de reuniones que mantuvimos por separado con la mayoría de los concejales referentes de todos los bloques, incluido el oficialismo, que tomó el compromiso de impulsarlo, el martes último celebramos la reunión final con Felipe Botta, de la UCR, y Pablo Perret, de JxC, quienes manifestaron lo mismo que sus pares legislativos tras escuchar las inquietudes y necesidades del sector inmobiliario local: están dispuestos a analizar el proyecto de ordenanza y creen que acompañar esta iniciativa protege el trabajo local y los profesionales de la ciudad”, se lee en una nota de prensa enviada a nuestra Redacción por Darío Alberto, secretario del Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos, junto a los integrantes de la Comisión Directiva de dicha Institución.
Señalaron en la misma que ahora presentarán “al presidente de ese cuerpo Legislativo y a todos los concejales que lo componen, una solicitud para que de manera urgente y en presencia de representantes, profesionales, matriculados y ciudadanos de Villa María que quieran asistir, celebren una reunión abierta en el recinto legislativo, para analizar el Proyecto de ordenanza contra Franquicias, conocer la opinión de todos los concejales, visibilizar la posición de los mismos sobre el proyecto y su votación”, además de “escuchar las oposiciones fundadas que existan para con esa legislación”.
“La llegada de una franquicia inmobiliaria a la ciudad, no solo afecta a Martilleros Corredores Públicos, en cuanto a la ilegalidad del ejercicio profesional de estos agentes, también conllevan la usurpación de título, tipificados como delito penal por las leyes nacionales, sino que también están en riesgo los ahorros e inversiones de los ciudadanos de Villa María y la zona, ya que estas transacciones tienen como intermediarias a personas desconocidas, que pueden no residir ni tributar en la ciudad, por lo que no brindan la seguridad jurídica correspondiente”.
Uno por uno, los 11 puntos de oposición a las franquicias
1- Los negocios inmobiliarios, bajo la modalidad de "Franquicias, Licencias o Marcas", producen competencia desleal en las ciudades donde se asientan, ya que desarrollan sus actividades personas bajo la designación de agente inmobiliario.
2- Estos agentes inmobiliarios, no poseen título universitario oficial, ni se encuentran matriculados en los colegios profesionales correspondientes.
3- Avasallan las legislaciones nacionales, como la Ley 20.266 y sus modificatorias: Ley 25.028 (sobre título nacional expedido por universidades oficiales) y 25.421 (Ley de Educación Superior, Profesiones y Universidades oficiales).
4- Avasallan leyes provinciales, como Ley 7.191, de Matriculación y Regulación de la Actividad del Martillero Corredor Público y Derechos, Obligaciones y Prohibiciones.
5- Realizan en sus actos usurpación de título y promueven el ejercicio ilegal de la actividad inmobiliaria, incurriendo en un delito penal.
6- Los negocios no son llevados adelante por un profesional, cuando son de carácter personalísimo y, en cambio, los hacen agentes o simples vendedores de inmuebles, sin brindar seguridad jurídica, mediante el estudio de títulos, matrículas, planos, afectaciones, medidas cautelares, veracidad del titular dominial, etcétera.
7- En consonancia con lo anterior, se pone en riesgo a la sociedad en general y, al no existir tal seguridad jurídica, también se pone en riesgo el patrimonio, los ahorros y/o inversiones de las personas, tanto compradoras como vendedoras.
8- Realizan campañas publicitarias engañosas y contaminantes, publicitando un profesional a cargo que nunca aparece en los negocios propiamente dichos.
9- En cuanto a la relación laboral, estas franquicias precarizan la situación de los que allí trabajan. No se encuentran en relación de dependencia por lo que no acceden los beneficios de la legislación al respecto, les estipulan una tabla de comisiones, por la que solo perciben el 20% del honorario de solo una de las partes, coartando la posibilidad de recibir lo establecido por la Ley, en el caso de que participara un profesional.
10- Las utilidades de estas multinacionales, son absorbidas desde sus casas centrales, por lo que esos dividendos no son invertidos en la ciudad.
11- Ninguna profesión debe ser franquiciada. No lo vemos en profesiones como la Abogacía, la Arquitectura o la Medicina, por citar solamente tres ejemplos.
