Todo lo que establece el período de veda por las elecciones del domingo
Mañana comienza la veda electoral
Es desde las 8 de la mañana. Cuándo se prohíbe la venta de alcoholMañana a las 8 de la mañana arrancará la veda electoral por las elecciones provinciales, etapa que se extenderá hasta las 21 del domingo, tres horas después de la finalización de los comicios.
Durante la veda electoral están prohibidas las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares de votación.
También, los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
Asimismo, no se puede ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.
También está prohibida: La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; realizar actos públicos de proselitismo; publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado; y abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.
Quienes no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados por la Justicia. Las penas dependen del incumplimiento en el que incurran.
En cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, está prohibida la venta desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
Quien incumpla esa disposición puede ser penado con detención de entre 15 días y seis meses.
Pese a estar prohibido realizar actividades proselitistas, en los últimos años se faltó al espíritu de la veda desde las redes sociales, en donde se siguió en campaña.
Qué pasa si no votas
El voto es obligatorio para los electores mayores de 18 años y menores de 70 años. Quien no vote tendrá que justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral y si no lo hace deberá pagar una multa.
El Código Electoral de Córdoba establece que quien no emita su voto y no justifique su falta ante el Juzgado Electoral dentro de los 60 días de la elección, será sancionado con multa equivalente al 10% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil e inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período de seis meses a un año.
