Cuestión de derechos - Qué hacer cuando no prestan servicios básicos de salud

Cada vez son más las demandas a obras sociales que no cumplen

Maximiliano Ortega es abogado de la Federación Argentina de Diabetes. Le consultamos sobre la situación de los ciudadanos que no reciben prestaciones de su obra social
miércoles, 15 de febrero de 2023 · 09:34

Cuando una persona con diabetes necesita una bomba que suministra la insulina justa, o un niño con discapacidad requiere acompañamiento terapéutico, es usual que en la obra social, ya sea prepaga o sindical, le digan no como primera respuesta.

Y si no hay una negativa directa, hay un sistema burocrático que complica sobre manera el acceso a derechos básicos.

Frente a ese panorama cada vez más usual y que las familias viven con mucha angustia, es importante saber que hay derechos que se pueden hacer cumplir.

Por eso le consultamos a un abogado de Villa María que en la última década se abocó a los reclamos a obras sociales que no cumplen.

Maximiliano Ortega es asesor letrado de la Federación Argentina de Diabetes e integrante de la Asociación Civil de Ayuda y difusión de la Diabetes en Villa María.

“El camino es iniciar un reclamo administrativo, a través de una nota entregada a la obra social. En general, noto que se pierde tiempo en reclamos verbales y en idas y vueltas. Yo recomiendo que esté todo por escrito y con el sello de recibido”, dijo Ortega a El Diario.

“Ante la negativa o la falta de respuesta de esa nota, se habilita el camino  en la Justicia, donde se puede presentar un pedido de amparo para que no se vulneren derechos básicos como son la salud y la vida”, puntualizó.

“Mucha gente no quiere tener problemas y opta por comprar medicamentos que, aunque costosos, pueden adquirirlos. En otros casos, directamente se privan de los tratamientos poniendo en riesgo su salud y su calidad de vida. Y todo para evitar conflictos o recurrir a un abogado”, agregó.

En lo particular, le ha tocado patrocinar demandas de pacientes oncológicos, de niños con discapacidad y fundamentalmente de personas con diabetes. “Noto que ha crecido la negativa de las obras sociales para prestar servicios básicos, especialmente en los tiempos de pospandemia. Por eso las demandas han ido en aumento”, dijo.

“Hemos tenido que ir a la Justicia porque o no cubren las tiras reactivas -para diabéticos- o entregan una cantidad que resulta insuficiente”, dijo.

“Otro problema que se presenta es que hay muchas obras sociales que son reticentes a cubrir un medicamento que se utiliza para equilibrar el metabolismo de los diabéticos. Como el medicamento es para adelgazar, no lo quieren cubrir. Pero en realidad es recetado por el médico y necesario para su calidad de vida y salud”, informó.

Otra de las “discusiones” que mantienen con las obras sociales es por la falta de cobertura de acompañantes terapéuticos para niños o niñas con discapacidad. “¿Sabés qué pasa? Confunden a la maestra integradora, que es quien adapta la currícula para los alumnos, con el ayudante terapéutico, que acompaña al niño para desenvolverse tanto en la escuela como en la sociedad. Pero en la obra social te dicen que es uno u otro”, agregó.

“En el caso de los oncológicos, es muy difícil explicar lo que significa discutir un tema que no es discutible. Nadie va a pedir una droga oncológica que no necesite, nadie va a pedir un medicamento por capricho”, agregó.

“Tuve un caso hace siete años de una mujer con un síndrome bastante inusual, el síndrome de Devic, que puede provocar invalidez o ceguera. Para estos casos había un medicamento aprobado como tratamiento oncológico, pero que estaba siendo experimental para el síndrome. No lo querían cubrir, pero gracias al amparo lo logramos. Me da mucha felicidad ver hoy a la mujer que ya puede caminar porque el medicamento fue efectivo”, señaló.

“Creo que lo importante es advertir que no hay que tener miedo a reclamar”, dijo, señalando que pueden recurrir a un abogado de confianza o bien a la misma Defensoría Federal, donde hay un equipo liderado por la defensora Luz Felipe que da respuestas a los vecinos cuyas obras sociales no prestan la cobertura básica establecida por ley.

Valoró que en la sede judicial federal -donde se presentan los amparos contra obras sociales, a excepción de Apross que se radica en la Justicia de la provincia-, la tramitación de las demandas no se extiende en el tiempo, dado que, salvo excepciones, no va más allá de cuatro a seis meses hasta que tenga una resolución.

“Es un derecho y hay que hacerlo valer”, planteó el abogado, que si bien se especializa en el tema antes de su paternidad, hoy lo vive en carne propia porque su hijo tiene alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV) y necesita una leche de fórmula especial que le debe proveer, por ley, su obra social. “Siempre te mandan menos”, señaló y siempre es la misma actitud: reclamar con responsabilidad el derecho a la salud y a la calidad de vida. “Vale la pena”, finalizó diciendo Ortega.

El Programa Médico Obligatorio (PMO) es un piso establecido por ley para la cobertura. Se puede ir por más, cuando está debidamente justificado por los médicos tratantes, precisó el abogado Maximiliano Ortega.