Día del Escribano - Detalles de funciones de notarios y notarias
Una labor imprescindible para todos
Los escribanos y las escribanas cumplen un rol muy importante en la sociedad, ya que dan fe pública de los actos que ellos realizan, o los que manifiestan que han pasado ante ellos. A continuación, más sobre algunas de las principales tareas que realizan en beneficio de la gente
?“El escribano de Registro es el profesional de Derecho y el funcionario público instituido para recibir y redactar, conforme a las leyes, los actos y contratos que le fueren encomendados, y para dar carácter de autenticidad a los hechos, declaraciones y convenciones que ante él se desarrollaren, formularen o expusieren, cuando para ello fuere requerida su intervención” (artículo 10, Ley Orgánica Notarial 4.183). El escribano da fe pública de los actos que realiza, o los que manifiesta que han pasado ante él. Por enumerar algunos de los actos en que interviene, mencionamos las certificaciones de firma, donde el escribano da fe que determinada persona firmó ante él un instrumento, por ejemplo en un boleto de compra venta.
Cumple un rol muy importante en la sociedad, ya que da fe pública de los actos que él realiza, o los que manifiesta que han pasado ante él. Muchos son los actos en los que interviene un escribano público. Por enumerar algunos, podemos mencionar las certificaciones de firma, donde el escribano da fe que determinada persona firmó ante él un instrumento, ya sea un boleto de compraventa u otro contrato entre partes, una declaración jurada de algún organismo público que requiera dicha formalidad o algún Formulario de la DNRPA (tales como 08, 04, 02, etcétera).
También interviene en la redacción y otorgamiento de escrituras públicas. Dentro de estas hay distintos tipos, como las actas, donde el fin es dejar asentado en un instrumento público determinados hechos o circunstancias que se consideran relevantes, como en los casos Actas de Constatación, donde el dueño de una propiedad, busca dejar constancia que su inmueble se encuentra en perfectas condiciones, ya que están por construir un edificio al lado de su propiedad.
Otro tipo de escrituras son las que constituyen, transmiten, modifican o cancelan derechos reales sobre inmuebles. Dentro de estas, encontramos a la compraventa, donación, constitución de usufructo, y otras. Para la realización de estos actos uno debe acercarse a su Escribano de confianza, el cual le requerirá, entre otra documentación dependiendo del caso en particular: el título antecedente del inmueble, los DNI de las partes y eventualmente otra documentación como poderes, partidas de nacimiento, autorizaciones judiciales, etcétera; todo depende el tipo de intervención y acto que se vaya a otorgar. Luego, tras hacer un estudio de la documentación, el escribano requerirá los informes a los determinados organismos a fin de poder otorgar el acto, como el Certificado Notarial que se solicita ante el Registro General de la Provincia, en el que se informa si el dominio consta, la existencia o no de gravámenes y de inhibiciones; el Certificado Catastral que se solicita a la Dirección General de Catastro de la Provincia, a fin de verificar la subsistencia del estado parcelario; y el Certificado de la Dirección General de Rentas, para verificar la situación tributaria del mismo; entre otros informes solicitados a municipalidades, empresas de servicios. Después, el escribano confecciona la escritura y es suscripta por todos ante él, quien luego firma y sella la misma, dando plena fe de su contenido. Este instrumento público se inscribe en las reparticiones públicas correspondientes.
Hay otras escrituras que no tienen contenido económico, y también son muy importantes, en tanto protegen derechos esenciales de las personas, tales como la decisión sobre el propio cuerpo y la salud. En ellas uno prevé qué tipo de tratamiento médico quiere o no recibir, para los casos en que después no pueda expresar su voluntad. Se llaman Actos de Autoprotección.
Con relación a los honorarios que se abonan a los escribanos, estos poseen una Tabla de Honorarios Mínimos Éticos consensuados, la que regularmente es aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia, a la que se puede tener acceso a través de la página oficial del mismo: https://escribanos.org.ar .
La enunciación es ejemplificativa de los actos que se otorgan ante los escribanos, pudiendo mencionar también: Autorizaciones de viaje a menores de edad, Convenciones Matrimoniales, Cesiones de Derechos y Testamentos.
Cabe destacar que el escribano público, es siempre imparcial frente a las partes y garantiza la protección de los derechos de todos los intervinientes. En todos estos casos escucha, acompaña y asesora a los requirentes en distintos ámbitos de la vida, cumpliendo así una importante función social, estando siempre a su lado y a disposición de la comunidad, incluso a través de su Colegio de Escribanos, que anualmente organiza Jornadas de Asesoramiento Notarial gratuito, por lo que no dude en consultarles para la mejor protección de sus derechos.
