Comunicado
Adoptar Villa María pide que se destierre el término "adopción ilegal" y se use "apropiación"
La organización solicitó que ese cambio se realizara en el anteproyecto de ley enviado al presidente Alberto Fernández
La asociación civil Adoptar Villa María emitió un comunicado solicitando que en el anteproyecto de ley sobre adopción en Argentina que fuera girado al presidente de la Nación y a distintos funcionarios públicos, se destierre el concepto erróneo de "adopción ilegal", dado que la terminología correcta es "apropiación".
Parte del comunicado
Habiendo tomado conocimiento el pasado 28 de Abril de 2022, conforme las noticias publicadas en las redes sociales oficiales de funcionarios públicos nacionales y en la página oficial del Gobierno Nacional de Argentina http://www.argentina.gob.ar de la recepción por parte del presidente Alberto Fernández del anteproyecto de ley que tipifica y sanciona la compra-venta y la adopción ilegal de niños, niñas y adolescentes, la Fundación Adoptar Villa Maria, fundación sin fines de lucro con personería jurídica otorgada por Res. N° 402 A/19 la cual informa, forma y acompaña el proceso de adopción; adhiere al pedido llevado adelante por la Asociación Civil Colectivo Mendoza por la Verdad, asociación civil sin fines de lucro con
personería jurídica otorgada por Res. N° 1096/2017, CUIT N° 30-71.575.782-2, solicita al presidente Alberto Fernández, a las Comisiones de Niñez, Adolescencia y Familia y Comisión de Derechos Humanos, Género y Diversidad de las Cámaras Legislativas, a las Comisiones de Legislación Penal, a la Defensoría de los Derechos de niñas y niños y adolescentes, a sus funcionarios, revean y adecuen la terminología empleada para la tipificación penal, y se excluya de la misma la expresión “adopción ilegal", por ser la misma equívoca, discriminatoria y contradictoria con el fin que se le otorga a esta valiosa institución jurídica, para que aquellas niñas niños y adolescentes que han sido privados de su medio familiar de origen, puedan cumplir con su derecho a vivir su vida en una familia que les garantice sus derechos humanos. El término correcto, es sin dudas, apropiación, dado que se trata de ventas, compras e intermediaciones, por lo tanto, exigimos que este sea el término con el que deben expresarse sobre todas las búsquedas de identidad de origen.
La adopción es un instituto jurídico incorporado en el ordenamiento jurídico argentino en el año 1948, a partir de la sanción de la Ley 13.252, la misma ha ido sufriendo modificaciones y mediante ley 26.994, se legisla sobre adopción en el libro Segundo, denominado "Relaciones
de Familia", bajo el título VI, entre los artículos 594 al 637.
