Revisión del acuerdo paritario

Mercantiles reciben un reajuste salarial de un 13% no remunerativo

sábado, 5 de febrero de 2022 · 08:30

La Asociación de Comerciantes de Villa María (ACOVIM) y la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC) informaron la firma de la revisión paritaria de 2021 para el sector.

En tal sentido, la entidad local y la provincial señalaron que el acuerdo se alcanzó en una mesa de diálogo en la que participaron la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por un lado, y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por el otro.

Tras la discusión, “suscribieron un reajuste del acuerdo paritario 2021 para la actividad mercantil, realizada en virtud de la cláusula cuarta del acuerdo firmado en abril de 2021”.

“En concreto, las partes pactaron un incremento salarial del 13% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130 de 1975, a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021. El mencionado aumento de 13% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, en dos tramos consecutivos: 3% en el mes de febrero de 2022 (adicional el 8% previamente pactado en el acuerdo del día 27 de abril 2021 para la paritaria vigente), y 10% en el mes de marzo de 2022. Estos incrementos mantendrán su carácter no remunerativo hasta abril de 2022, momento en que se incorporarán a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal”, indicaron ACOVIM?y CCC.

Es importante destacar que lo acordado “no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario”, expresaron.

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de enero a junio de 2022, ambos inclusive, del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (establecido en la Resolución 515 de 2020 del Ministerio de Trabajo de la Nación y sus concordantes), agregaron.

 

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