Justicia con perspectiva de género - La Corte resalta un fallo originado en una presentación de la defensora Luz Felipe

Valoran el trabajo por los derechos de hijos e hijas de mujeres asesinadas

La defensora pública Luz Felipe viene presentando recursos para garantizar el cumplimiento de la Ley Brisa. Ese trabajo, avalado por una Cámara de Apelaciones, fue incluido en un informe de fallos con perspectiva de género
domingo, 2 de octubre de 2022 · 07:55

La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) publicó recientemente un compendio de fallos con perspectiva de género, entre los que incluye uno originado en Villa María.

Se trata de una Resolución de la Cámara de Apelaciones de Córdoba que le da la razón a un requerimiento de la defensora pública Federal de esta ciudad, Luz Felipe.

En diálogo con El Diario, Felipe señaló que como Defensoría acompañaron el procedimiento judicial para que, dos hijos de una mujer  víctima de femicidio, puedan percibir la remuneración establecida en la Ley Brisa.

El tema de discusión judicial se generó a raíz de la diferencia entre la ley y su reglamentación. Cabe recordar que la Ley Brisa es la que establece una compensación económica por cada hijo o hija de las víctimas de femicidio hasta llegar a la mayoría de edad. Y en el mismo texto, expresan claramente que debe abonarse desde el momento en que se produjo el asesinato de la madre.

“Sin embargo -explicó Luz Felipe- el decreto que reglamenta esa ley, de manera irrazonable, recorta la retroactividad a la fecha de sanción de la ley, que fue en julio de 2018”.

La mujer, que es madre de esos dos hijos representados legalmente por la Defensoría, fue asesinada en 2011 y por eso, Felipe presentó un amparo para que se abone la retroactividad, es decir, las más de 80 asignaciones mensuales que corresponden al período 2011-2018.

“En el Juzgado Federal de Villa María nos dieron la razón, pero la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que es el organismo encargado de ejecutar la ley, apeló lo dispuesto por el juez (Roque Ramón) Rebak”, indicó.

La defensora también solicitó en ese amparo que se garantice a los hijos de la víctima del femicidio, la cobertura integral de salud a través de la obra social que designe el Estado nacional. Ese punto fue rechazado por el juez federal de Villa María y en consecuencia, Felipe apeló esa parte de la Resolución.

Así llega, con dos apelaciones, a la Cámara de Córdoba capital, donde le dieron la razón en todo a la Defensora de Villa María.

Precisamente, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba “resolvió modificar la resolución de primera instancia y dar intervención al Estado Nacional a través del Ministerio de Salud, conjuntamente con la SENAF, a fin de que se realicen las gestiones administrativas necesarias para que los hijos de una víctima de femicidio perciban los haberes jubilatorios mínimos de acuerdo a los valores vigentes al momento del efectivo pago (computados desde la fecha del femicidio) y accedan a una cobertura médica y de asistencial integral. Ello en cumplimiento de los artículos 9 y 10 de la Ley N° 27.452, que tiene por objeto dar una respuesta por parte del Estado a las víctimas colaterales de la violencia intrafamiliar o violencia de género”, indicaron en la publicación de la Oficina de la Mujer de la Corte.

Hay que señalar que la SENAF presentó un recurso extraordinario contra esa decisión de la Cámara, por lo que la última palabra está en manos de la Corte Suprema de Justicia. De la decisión que tomen en el máximo órgano judicial de Argentina, podría quedar un precedente nacional para resolver esta contradicción entre la Ley Brisa y su reglamentación.

 

No es el único

Si bien el fallo de la Cámara de Apelaciones sobre el caso planteado por Felipe es el que se destaca en el Compendio de la Oficina de la Mujer de la CSJN, hay que señalar que hay otro similar.

“Hay otro reclamo en el mismo sentido. Desde la Defensoría patrocinamos a los hijos de otra víctima de femicidio de acá de la ciudad. Si bien hay algunas diferencias en cuanto a las edades de los hijos y la fecha en que se produjo el femicidio, la situación jurídica fue similar: presentamos el amparo, fue apelado por la SENAF, llegó a la Cámara donde nos dieron la razón y la Secretaría presentó el recurso en la Corte”, sintetizó Felipe.

En definitiva, son cuatro hijos e hijas de dos víctimas de femicidios ocurridos en Villa María, que esperan percibir ese derecho garantizado por ley. Si bien perciben mensualmente la reparación -al menos los que aún no cumplieron los 21 años- esperan cobrar el retroactivo. 

Finalmente, Luz Felipe dijo que el hecho de que hayan seleccionado la Resolución de la Cámara en la que le dan la razón a la Defensoría, “es el resultado del trabajo de un equipo. Yo soy la cara visible, pero acá hay otras compañeras que están poniendo el cuerpo y la mente para esto”.

“Además, nos interesa realizar una tarea que de alguna manera marque el camino de reconocimiento de derechos de los niños que han sido víctimas de una situación a partir del asesinato de sus madres”, concluyó.

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