Ampliación de zonas frías - Luego de publicarse en el Boletín Oficial, Peressutti habló sobre los beneficios de la ley

Entre un 30% y un 50% menos de gas

El consumo en hogares, con una tarifa reducida, se amplió a 1.200 metros cúbicos por año; también bajará el precio de las garrafas, mientras que se negocia que impacte en el GNC
jueves, 8 de julio de 2021 · 07:00

Tal como lo había adelantado la auditora general, Alicia Peressutti, Villa María quedó incluida dentro de la ampliación del régimen de zona fría, lo que impactará en las facturas de gas entre un 30% y un 50% menos.

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.637 que propone una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas, a través del Decreto 441/2021 publicado ayer en el Boletín Oficial. La normativa, sancionada por el Senado el 25 de junio último, beneficia a más de tres millones de habitantes de municipios de las provincias de Córdoba, Buenos Aires, Santa Fe, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.

“Nosotros, Villa María, Villa Nueva y la región, estamos incluidos. Esto significa que desde ahora, la distribuidora del gas permitirá el consumo de hasta 1.200 metros cúbicos al año a una tarifa diferenciada, una vez superada esa cantidad, ya tiene otro valor, pero con 1.200 metros cúbicos al año se puede encender tranquilamente el calefactor de abril a septiembre. Hasta ahora eran 480 metros cúbicos al año los que se facturaban a una tarifa especial, es decir, casi se triplica la cantidad de metros”, precisó la auditora general al dialogar con El Diario.

“El piso de reducción para todos los hogares de Villa María y Villa Nueva es de un 30%, y en muchos casos va a ser de un 50% menos, como por ejemplo, cuando no se supera el mínimo vital y móvil, si se trata de jubilados o pensionados, monotributistas”, detalló.

“También es importante decir que van a entrar los comercios en esta reducción de tarifa”, sostuvo Peressutti.

“Además, como esta ley toma una parte de un proyecto de Julio Cobos, que contemplaba un descuento en el gas envasado para el hogar, la garrafa va a venir con un descuento. Ahora estamos viendo si en estos valores se puede incorporar el GNC, que es una demanda de los taxistas”, agregó.

“Pedimos que rigiera con la mayor urgencia posible, como ya se publicó en el Boletín Oficial, estimo que comenzará a aplicarse en las próximas facturas. En medio de la crisis económica, agravada por la pandemia, esto impacta mucho en los hogares”, consideró la auditora.

Cabe recordar que Peressutti, junto a quien era el defensor del Pueblo de Villa Nueva, Nicolás Morsila, y su par de Río Cuarto, iniciaron las gestiones en 2017 ante el Enargas pidiendo que Villa María, Villa Nueva y Río Cuarto fueran declaradas zonas frías para tener el gas a un precio más bajo. Luego, siguió el diálogo con legisladores, para ser incluidos en los proyectos de rezonificación.

“Esta fue nuestra lucha constante durante cuatro años, pero valió la pena”, aseguró ayer.

 

Quiénes pueden acceder al 50% de disminución

Según un informe técnico de Ecogas, en Córdoba el régimen de Zona Fría alcanzará a 590 mil usuarios de 13 departamentos, que tendrán el beneficio del 30% en el cuadro tarifario. Mientras que 64 mil recibirán un descuento del 50%.

En el Departamento San Martín, son 44.953 los beneficiarios. También están incluidos los departamentos Río Cuarto, Calamuchita, Capital, General Roca, Juárez Celman, Marcos Juárez, Presidente Roque Sáenz Peña, Río Segundo, San Javier, Santa María, Tercero Arriba y Unión.

Según el Boletín Oficial, la reducción de la tarifa será de un 50% para los usuarios residenciales comprendidos en los siguientes casos:

1. Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

2. Titulares de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

3. Usuarios y usuarias inscriptas en el régimen de Monotributo Social.

4. Jubilados y pensionados; y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

5. Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

6. Usuarios que perciban seguro de desempleo.

7. Electrodependientes, beneficiarios de la Ley 27.351.

8. Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la Ley 26.844.

9. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

10. Titulares de pensión vitalicia a veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Para el resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas.

Más de
40%
Satisfacción
13%
Esperanza
36%
Bronca
4%
Tristeza
4%
Incertidumbre
0%
Indiferencia