Derechos de los mercantiles en feriados
El Centro de Empleados de Comercio recuerda a los trabajadores mercantiles que les asiste el derecho a no trabajar durante los días feriados. El no trabajar en las jornadas festivas no los hace pasibles de ningún tipo de descuento, como así tampoco de sanción alguna.
El comunicado emitido por el gremio de comercio está vinculado a los feriados de Carnaval, que serán el lunes 15 y el martes 16 de febrero. En caso de que decida asistir a su lugar de empleo en esas jornadas, lo que es voluntario, el empleador debe abonar el pago adicional que corresponde a la actividad para los feriados.
