Balances con aprobaciones fictas - El tribuno de la minoría pidió información sobre el tratamiento que tuvieron las cuentas de entes y municipio

“Para ellos, la Carta Orgánica es letra muerta”

Maceda cuestionó las aprobaciones fictas consecutivas, algo marcado como “falta grave” en la COM, además, objetó que el balance del IMV fue presentado sin la firma de un profesional
lunes, 1 de noviembre de 2021 · 09:28

El tribuno de Cuentas de la minoría, Miguel Maceda (foto), envió una nota al presidente del Concejo Deliberante, Carlos De Falco, para solicitarle que en el plazo de cinco días desde su recepción le remitiera copias certificadas de las actas expedidas por la Comisión de Economía correspondientes a las reuniones que se llevaron a cabo para tratar el Balance general, y los del Instituto Municipal de la Vivienda (IMV), del Instituto Municipal de Inversión (IMI), y de la Escuela Granja Los Amigos de 2020. 
“Lo solicitado es al fin de ejercer debidamente la función de tribuno”, explicó Maceda en ese momento.
La nota fue derivada al presidente de la Comisión de Hacienda del Concejo, Julio Oyola, quien respondió que el “cuerpo legislativo es un Poder del Estado, no una repartición u oficina del Estado municipal, repartición descentralizada, empresa con participación municipal o prestadora de servicios públicos, por lo que el requerimiento carece de fundamentación jurídica y no se encuentra en las facultades establecidas en el artículo 157 de la COM”, que establece las atribuciones y deberes de los tribunos de Cuentas.
Oyola, sin embargo, agregó que “en mérito a su deber de buen funcionario público” le informaba que la Comisión de Hacienda se reunió tres veces para tratar el Balance, que no fue observado ni rechazado y que “en atención a que ningún concejal solicitó una convocatoria para volver a tratarlo, fue aprobado de manera ficta”.
“Quería conocer las actas de los tratamientos que tuvieron los balances, o lo que se hubiera hecho en la Comisión de Economía, para ver si habían llegado a una conclusión, pero si no se dijo nada, no se trató con profundidad”, consideró Maceda, en diálogo con El Diario.
“Como quedaron aprobados fíctamente y no se trató en sesión legislativa, quería saber oficialmente qué se había dicho en la Comisión de Hacienda sobre los cuatro balances, pero la respuesta fue con respecto a uno. Oyola habla del balance, sin especificar, tengo que entender que se refiere al Balance general”, señaló.
“Quería saber si se habían visto los dictámenes del Tribunal de Cuentas, hay informes del órgano de control que se pueden tener en cuenta para aprobar o rechazar total o parcialmente. Nadie me pidió explicaciones, ni rebatir ni confirmar mis dictámenes en minoría, solo dejaron pasar el tiempo para que los balances queden aprobados fictamente. Sexto balance que queda aprobado de esa manera, son seis presupuestos que quedan sin rendir cuentas”, remarcó.
“Este Presupuesto es de más de cuatro mil millones de pesos, y para el año que viene son 8.600 millones de pesos, ¿tampoco van a rendir cuentas?”, se preguntó.

Sin sanción
“Para ellos, que se apruebe fictamente, no hay problemas porque no hay sanción para la falta grave, pero aunque no esté reglamentada, es algo grave éticamente y que puede llegar a ser un incumplimiento de los deberes de funcionario público”, subrayó.
“Los tribunos estamos para una función de control financiero, económico, pero tengo que ver todas las aristas, entre ellas, qué trataron en la comisión para aprobarlo fictamente”, insistió.
Con respecto a la respuesta de Oyola, el tribuno de la minoría dijo que “el Concejo Deliberante actúa en función de toda la ciudadanía, y cualquiera puede preguntar qué pasó en una determinada sesión, o presentarse en una audiencia pública”.
“Como parte de un órgano de control, y habiendo firmado dictámenes de balances que deberían haber sido tratados en sesión, pero fueron tratados en Comisión pregunto qué pasó con ese tratamiento, está dentro de mis facultades hacerlo, como también controlamos los gastos que hace el Concejo Deliberante, no es un ente o poder que esté fuera del control del Tribunal de Cuentas”, afirmó.  
 
El colmo de la irresponsabilidad
“Es imposible que se apruebe el balance del Instituto Municipal de Vivienda, porque no tenía firma de un contador, además, un balance tiene que tener un informe de auditoría para interpretarlo, porque si no, son todos números. Si a ese balance lo dejaron aprobar fictamente es el colmo de la irresponsabilidad”, manifestó.
En su dictamen sobre dicho balance, el tribuno cuestionó que “toda la información contable presentada al órgano de control relacionada con el balance del IMV llevara solo la firma de su vicepresidenta, Silvia Cuello, y no se encontrara rubricada por un contador público que sea responsable de la presentación”. 
“Al no estar firmada por un profesional, tampoco se adjunta el informe de auditoría que brinde una opinión independiente sobre los estados contables cerrados al 31/12/2020 presentados ante el Tribunal para que dictamine”, sostuvo Maceda en ese momento.
“La omisión de firma responsable de un profesional del área contable y su informe, no le dan el carácter de balance, ya que se enuncia la aplicación de normas técnicas-profesionales dictadas por los organismos que regulan la profesión, por lo que se trata entonces de información compilada y presentada, que no puede servir de base para un análisis y dictamen correspondiente. Una vez que la documentación sea suscripta por un contador público y se realice el informe de auditoría correspondiente, estaré en condiciones de evaluar, examinar y dictaminar sobre las cifras presentadas de 2020 del Instituto Municipal de la Vivienda”, concluyó entonces el tribuno.
“Ahora tengo que averiguar si esa planilla llena de números, sin firma ni informe de auditoría, que parece un balance ha sido aprobada así. Por lo tanto, voy a enviar otras notas en las que pregunte específicamente por cada balance y espero que respondan”, precisó.
“Pero no es posible que hayan aprobado seis balances consecutivos de manera ficta, cuando la COM establece claramente que eso es una falta grave. Parece que para ellos, la Carta Orgánica es letra muerta, mientras esté, en estos cuatro años, les pediré que rindan cuentas”, finalizó.

¿Qué dice el artículo 157?
Serán atribuciones y deberes de los tribunos de Cuenta:
1) Dictar su reglamento interno de organización y funcionamiento.
2) Elaborar su propio presupuesto, administrar los recursos que se le asignen y designar y remover a su personal.
3) Aprobar o desaprobar en forma originaria la inversión de los caudales públicos del Estado municipal y controlar la legalidad y motivación de los gastos que se efectúen por cualquier órgano del Departamento Ejecutivo o del Concejo Deliberante o de cualquier otro ente de la Administración centralizada o descentralizada del municipio.
4) Controlar la recaudación de los recursos municipales, la inversión de los fondos y las operaciones financieras y patrimoniales de los organismos centralizados o descentralizados del Estado municipal.
5) Intervenir en todos los actos administrativos que dispongan gastos, en forma previa a su realización y al solo efecto del control de la legalidad de la erogación.
6) Realizar auditorías externas y/o internas en cualquier dependencia del municipio.
7) Actuar ante la Justicia ordinaria como órgano requeriente en los juicios de cuentas y responsabilidades.
8) Dictaminar sobre los balances y cuentas de inversiones que se efectúen por cualquier órgano del municipio, especialmente sobre el balance general y cuenta de inversiones que el Ejecutivo remite al Concejo.
9) Aprobar o rechazar las cuentas de inversión de los fondos públicos.
10) Aprobar u observar las órdenes de pago expedidas por los organismos municipales.
11) Controlar el destino de los fondos recibidos o entregados por el municipio en carácter de subsidios o subvenciones.
12) Presentar al Concejo Deliberante proyectos de ordenanzas que hagan a su ámbito.
13) Observar, dentro de los cinco días hábiles de haberlos conocido, los actos que debe intervenir conforme al apartado 5 de este mismo artículo.
14) Remitir al Concejo, dentro de los tres días hábiles de haberlas formulado, las observaciones que hiciera a los actos del Ejecutivo, e informar, al mismo órgano, las irregularidades que advierta en el ejercicio de sus facultades, auditorías, controles e investigaciones.
15) Denunciar a la Justicia ordinaria todo ilícito que advierta en el ejercicio de sus facultades y funciones. Esta responsabilidad es propia del cuerpo y de cada uno de sus miembros individualmente. La omisión constituirá mal desempeño de sus funciones.
16) Responder a todos los pedidos de informes que el Concejo, el Ejecutivo o el auditor general le formulen sobre asuntos contables y administrativos.
17) Podrán requerir a cualquier repartición u oficina del municipio, reparticiones descentralizadas, empresas con participación municipal, y personas privadas prestadoras de servicios públicos, cualquier dato o informe necesario para el cumplimiento de sus funciones. Todo entorpecimiento de su facultad investigativa, negativa, reticencia, negligencia o la falsedad de lo que pida se considerará falta grave.

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