Análisis del proyecto de ley presentado esta semana en el Parlamento

Legislar la gestación por sustitución suma derechos y cierra negocios

El Diario se ocupó de los villamarienses varados en Ucrania, en plena pandemia. Habían ido en busca de su hijo, recién nacido. La noticia recreó el debate en torno a este modo de acceder a la maternidad y la paternidad. Acaba de ingresar al Congreso un proyecto para legislar sobre el particular
sábado, 18 de julio de 2020 · 08:30

Escribe Laura María Teresa Pedernera (*)
Especial para El Diario

Lo que no está expresamente prohibido, está permitido, establece el principio de legalidad que deriva del Artículo 19 de la Constitución Nacional. Sobre esta base, hemos visto en los últimos tiempos decisiones judiciales autorizando la gestación por sustitución, tanto a parejas heterosexuales impedidas de procrear; como a parejas del mismo sexo que, en su deseo de tener una hija o un hijo, utilizaron esta técnica por ser su única opción en razón del obvio impedimento biológico.

En primer lugar, cabe conceptualizar que la gestación por sustitución es una forma de reproducción asistida por medio de la cual una persona -gestante-, acuerda con otra, o con una pareja, gestar un embrión con el fin de que la persona nacida tenga vínculos jurídicos de filiación con estos últimos.

Es importante destacar que lo prioritario es la “voluntad procreacional”, es decir, la intención de engendrar una hija o un hijo con material genético propio, acudiendo a la implantación del embrión en el vientre de una tercera persona para su gestación y posterior alumbramiento. En consecuencia, la mujer que dio a luz no sería la madre, ya que, si esa niña o niño se somete a una prueba de ADN, no quedará vinculada/o como hija o hijo de la gestante, sencillamente porque no posee vínculo biológico con esta.

Considero que hoy en día la sociedad comienza a visibilizar que hay un abanico de modelos familiares y no solo la existencia del modelo tradicional. Por lo que, el proyecto presentado este 15 de julio por la diputada Gabriela Estévez, para garantizar el acceso a la gestación por sustitución, busca reflejar la imperiosa necesidad de incorporar dicha figura al ordenamiento legal. De esta manera, se afianzaría la seguridad y protección jurídica a todas las personas en un mismo plano de igualdad, dándoles la oportunidad de formar una familia ejerciendo libremente la opción de utilizar los avances de la ciencia para lograr tal fin.

Brindar un marco legal a la gestación por sustitución, constituye una decisión acertada, pues conllevaría a eliminar la discriminación en la que actualmente nos encontramos; ya que claramente, es una técnica que solo pueden llevar a cabo quienes tienen un poder adquisitivo que les permite pagar un costo económico alto en un país extranjero.

Por otro lado, resolver el vacío legal que hoy existe, a través de normas que regulen el respectivo procedimiento, implicaría erradicar el alquiler de vientres mediante la explotación de mujeres que por sus escasos recursos se encuentran en situación de vulnerabilidad. De tal modo que se evitaría que personas oportunistas se aprovechen de ellas, comercializando el cuerpo humano para cobrar importantes sumas de dinero. 

En conclusión, debemos empezar a aceptar que formamos parte de una sociedad pluralista y diversa. El Estado debe intervenir regulando esta realidad para que vivamos en una Argentina inclusiva que abarque a todas las personas; en donde se respeten sus elecciones y derechos por igual.

Así, bajo los requisitos plasmados en el referido proyecto y entre ellos, puntualmente, que la gestación por sustitución sea realizada con fines netamente altruistas; por medio de un vínculo afectivo o de amistad; no solo es una alternativa más para cumplir con el anhelo de formar una familia sino además es un verdadero acto de amor.

(*) Abogada especializada en Derecho de familia, niñez y adolescencia

 

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