A través del Boletín Oficial
El villamariense Arturo Jorge Videla asumió como Director Nacional Lácteo
Se trata de otro funcionario local en el gobierno nacional. Será un cargo transitorio por 180 días. Videla había ejercido como subsecretario de Lechería en el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner
El gobierno nacional designó al villamariense Arturo Jorge Videla como Director Nacional Lácteo, luego de seis meses del puesto vacante.
A través de la Decisión Administrativa 973/2020, que se publicó en el Boletín Oficial, se indicó que la designación es de carácter transitorio a partir del 4 de mayo y por el término de 180 días hábiles contados desde hoy, según informó Infocampo.com.ar y que recogió el programa local Pensamiento Crítico.
Videla había ejercido como Subsecretario de Lechería, durante el último gobierno de Cristina Fernández de Kichner, y trabajó junto a los ministros de Agricultura Carlos Casamiquela y Norberto Yahuar.
“El sector lácteo argentino está en su mejor momento”, había dicho en una de sus últimas apariciones como director en una Muestra Internacional de Lechería en Córdoba, de la que participó con el entonces vicepresidente Amado Boudou en 2013. “Eso fue posible por las decisiones políticas a mediano y largo plazo que ha tomado nuestro Gobierno a partir de un Estado presente en el sector lácteo”, resaltaba.
Esta semana, la jefa de Gabinete del Ministerio de Agricultura, Diana Guillén, explicó por qué se retrasó la decisión de nombrar al directivo. "La confirmación la tiene que dar el ministro Basterra. Sucede que cuando asumió, se encontró con que la estructura del Ministerio había sido desguasada y achicada en el período macrista de una forma irracional”, dijo.
Villamarienses
Cabe recordar que además Martín Gill como secretario de Obras Públicas, se había comunicado días atrás que el villamariense José Ferrero, que formaba parte del gabinete provincial de Juan Schiaretti, había sido convocado por Gill para pasar a la Dirección de Arquitectura de la Nación.
Y Carlos Ramírez, del municipio local, había sido llamado para la Coordinación de Gestión de Obras del Ministerio de Obras Públicas de la Nación.
Documento completo del Boletín Oficial
VISTO el Expediente N° EX-2020-30111247-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 324 del 14 de marzo de 2018 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el artículo 6º del citado decreto se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 324/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que por razones de servicio resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a Nacional Lácteo de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 4 de mayo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa, al señor Arturo Jorge VIDELA (D.N.I. N° 18.157.937) en el cargo de Director Nacional Lácteo de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el señor VIDELA los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra
e. 05/06/2020 N° 22301/20 v. 05/06/2020
Fecha de publicación 05/06/2020
