En Villa María

Amplían el horario para el retiro nocturno de comidas y autorizan salidas recreativas diarias

También se aceptó el protocolo para la producción audiovisual en nuestra ciudad
jueves, 4 de junio de 2020 · 14:42

 

Durante la jornada de hoy, el Ejecutivo municipal remitió al Concejo Deliberante tres nuevos decretos en el marco del proceso de flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio. En dos de ellos plantea la adhesión de Villa María a los nuevos protocolos del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Central para la producción audiovisual y para las salidas recreativas, mientras que el restante establece nuevos horarios nocturnos para la modalidad de retiro en el local o “take away” para bares y restoranes. Para entrar en vigencia, los instrumentos deberán ser ratificados por el cuerpo deliberativo.

 

La industria audiovisual local podrá empezar a reactivarse haciendo estricto seguimiento del protocolo que se anexa al decreto 271, y que fue emitido por el COE. Allí se deja registro de las medidas de bioseguridad para evitar la propagación de Covid-19 que se deberán implementar en las diferentes etapas de una producción audiovisual.

 

El distanciamiento social, la desinfección frecuente de los materiales de trabajo, la ventilación de ambientes, el uso del cabello recogido, la utilización de elementos como máscaras protectoras, son algunas de las medidas que se plantean para que este sector pueda volver al trabajo.

 

El decreto 273, en tanto, establece que los locales habilitados bajo los rubros café, restorante, bar, comedor, rotisería, elaboración de comidas para llevar, podrán implementar la modalidad de retiro de pedidos en el local por parte de los clientes también durante la franja nocturna de atención, es decir, de 20:00 a 23:00 horas.

 

Este mecanismo ya se había implementado, desde mediados del mes pasado, para la franja diurna de atención, fijada de 9:00 a 15:00 horas,  mientras que durante la noche se debía utilizar el envío con cadete autorizado.

 

El decreto no habilita en ningún caso el consumo dentro de los locales. Al contrario, fija la obligatoriedad para los propietarios de los comercios de garantizar el distanciamiento de seguridad –establecido en dos metros- entre las personas. En tal sentido, en cada local los responsables deben realizar el marcado del suelo del interior y/o de la vereda en caso de corresponder, con líneas que indiquen la separación correspondiente.

 

A su vez, dentro del local el factor de ocupación no podrá superar el 30%, y tanto clientes como trabajadores y comerciantes deben utilizar el barbijo o tapabocas e implementar las medidas de bioseguridad correspondientes para evitar la propagación de Covid-19.

 

Salidas recreativas

 

El segundo decreto que se somete al análisis del Concejo Deliberante lleva el número 274 y se refiere a la adopción en la ciudad de la revisión realizada por el COE al protocolo de salidas de esparcimiento. En efecto, el instrumento define que cada municipio debe explicitar su adhesión.

 

La revisión modifica los días y horarios vigentes para este tipo de salidas de esparcimiento, que una vez ratificado el decreto podrían realizarse todos los días entre las 14:00 y las 18:00. Cabe consignar que sigue vigente la restricción de la actividad de acuerdo a la terminación del DNI, por lo que podrán hacer las caminatas durante los días calendario pares quienes tengan un documento culminado en número par, y viceversa para las terminaciones impares.

 

Para las salidas de núcleo familiares se tendrá en cuenta el DNI de la persona mayor de edad. Para el caso de niños, niñas y adolescentes de hasta 16 años, deberán ser acompañados por una persona adulta responsable.

 

La medida autoriza las salidas de 60 minutos, una vez al día y en un radio de hasta 500 metros de la vivienda de cada vecino. No está permitido que se detenga el paso y se debe evitar el contacto con bancos, mesas, juegos o cualquier mobiliario existente en plazas o vía pública.

 

Para propiciar el desarrollo de esta actividad de manera tal que se evite la posible propagación o contagio del Covid-19, en las caminatas recreativas se deberá mantener la distancia física de dos metros en relación a otros grupos y es obligatorio el uso de tapabocas para todas las personas mayores de 4 años.

 

Es importante destacar que aquella persona que presente síntomas respiratorios o febriles, o tengan factores de riesgos, no podrá salir, según indica el protocolo de COE.

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