La situación del empleo y de los alquileres en época de pandemia
“Los trabajadores deben percibir la totalidad de sus sueldos”
Abogados del foro local remarcaron que están prohibidos los despidos y suspensiones que se fundamenten en causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo. También abordaron la cuestión de la locación de inmueblesLos abogados Patricia Gómez y Martín Navarro remarcaron que mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en el país, “los trabajadores deberán percibir sus salarios de manera íntegra, ya sea que se encuentren cumpliendo tareas, afectados a alguna de las actividades denominadas como esenciales o se encuentren recluidos en sus casas”.
Tras repasar las normativas que se vinieron dando desde la irrupción de la pandemia de coronavirus, los letrados apuntaron que se prohibieron desde el 31 de marzo los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por un plazo de 60 días. “Asimismo, y por igual plazo, se prohibieron las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”, agregaron los profesionales del derecho.
“Es importante que todos los trabajadores que durante la emergencia sanitaria hayan sido suspendidos o despedidos sin causa o despedidos por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, impugnen dichas suspensiones y despidos mediante el envío de un telegrama colacionado laboral o de cualquier otro medio fehaciente”, explicaron.
“Para esto, tomando las prevenciones del caso a los efectos de no violar el aislamiento social, preventivo y obligatorio, será necesario que consulten con su abogado de confianza a los fines de analizar la situación y redactar correctamente el telegrama”, sugirieron.
Los alquileres
En contacto con El Diario, Gómez y Navarro también hicieron referencia a los alquileres.
“En materia de locación de inmuebles, ya sea destinadas a vivienda o a determinados emprendimientos comerciales, conforme el programa definido por el Gobierno nacional y en el marco de la emergencia pública, se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 320/2020”, puntualizaron. Entre las principales disposiciones está “la suspensión de los desalojos hasta el 30 de septiembre siempre que el litigio se haya promovido por el incumplimiento de la obligación de pago. Debe existir contrato de locación y la tenencia del inmueble debe encontrarse en poder del inquilino. También se aplica la suspensión a los lanzamientos ya ordenados por la Justicia, que no se hubieran llevado a cabo al 29 de marzo”.
Además, “todos los contratos de locación, cuyo vencimiento opere desde el 20 de marzo, quedan prorrogados de pleno derecho hasta el 30 de septiembre”.
“El locatario podrá optar por mantener la fecha del vencimiento pactada originalmente en el contrato o prorrogar dicho plazo por un término menor al 30 de septiembre. En todos los casos se aconseja enviar carta documento al locador, haciéndole conocer su elección. A estos fines, será necesario que los inquilinos consulten con su abogado de confianza a los efectos de analizar la situación particular y redactar correctamente carta documento”, comentaron los entrevistados.
Agregaron que “los precios de los alquileres se congelaron hasta el 30 de septiembre de 2020, por lo que el inquilino pagará mensualmente desde abril y hasta septiembre, el valor que el alquiler que tenía a marzo pasado”.
“Las diferencias de dinero que surgieran en favor del locador como consecuencia del congelamiento de precios, podrán ser pagadas por los inquilinos en tres y hasta en seis cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, a partir de octubre. Dichas cuotas solo llevarán intereses compensatorios, los que no pueden ser excesivos”, advirtieron.
Los abogados mencionaron la “situación inédita de emergencia sanitaria, social y económica que atraviesa el país, la cual sin dudas ha afectado gravemente y de manera indistinta, la vida y la economía de todas las familias argentinas” y consideraron que “es esencial respetar el aislamiento social, preventivo y obligatorio y mantenerse debidamente informado y asesorado por especialistas que analicen con solvencia práctica y teórica y que sean capaces de dar respuesta satisfactoria a las diferentes situaciones que la actual realidad nos plantea”.
