Todos los detalles del decreto firmado ayer por el Gobierno local

Por el virus profundizan limitaciones en la ocupación de diversos lugares

Lugares de abastecimiento trabajarán con la mitad de ocupación. Los velorios tienen permitido un 30%. No pueden abrir gimnasios, entre otros numerosos espacios
miércoles, 18 de marzo de 2020 · 10:10

El Ejecutivo reglamentó la ordenanza aprobada el viernes, limitándose al 50% el factor de ocupación de los lugares de abastecimiento, que son estaciones de servicio, supermercados, despensas, carnicerías, verdulerías, panaderías, farmacias, venta de productos de limpiezas y “todo otro que implique el suministro de elementos esenciales”.

Asimismo, se limitó al 30% el factor de ocupación de las salas velatorias y de los lugares habilitados bajo los rubros de café, bar, restaurantes y/o comedores.

En tanto, se dispuso “la atención prioritaria y diferenciada de personas mayores de 60  años y de otras que indiquen factores de riesgos en bancos, lugares de abastecimientos, dependencias municipales y/o en todos los lugares que tengan atención al público”.

Por otro lado, deberán suspender sus actividades, bajo apercibimiento, los siguientes espacios: gimnasios (con excepción de los que se encuentren dentro de centros médicos dedicados a la salud y a los fines de la rehabilitación, fines terapéuticos y/o con prescripciones médicas), cines, salones de fiestas y eventos, salones de fiestas infantiles, academias de danza, baile y afines, institutos privados de capacitación y formación oficiales y no oficiales, centros de formación y culto religioso, iglesias, parroquias y capillas y todo otro lugar de recreación, esparcimiento u ocio que impliquen la concurrencia de personas.

Para el sector hotelero se dispone la aplicación en su totalidad del instructivo dictado por el Ministerio de Salud de Nación.

Además se limita el ingreso de familiares y personas a cargo en los geriátricos.

En la reglamentación gubernamental se instruye al concesionario encargado de la emisión de las licencias de conducir y los concesionarios encargados de la Inspección Técnica Vehicular, “a los fines de que éstos arbitren las medidas necesarias en cuanto al otorgamiento de turnos que permitan evitar la aglomeración de personas”.

En cuanto a los comercios que no están comprendidos en estos ítems, el decreto hace saber que “es responsabilidad de los mismos el tomar los recaudos necesarios tanto a los fines de evitar la aglomeración de personas en sus locales dentro del local como en sus inmediaciones”.

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