Tras las sentencias firmes por acoso sexual y laboral en perjuicio de sus compañeras
Apartaron de la Municipalidad a Mojarrita Carranza y a Quevedo
El Ejecutivo dispuso su apartamiento, aunque, técnicamente, no los echaron, sino que les dieron la opción de un retiro voluntarioDos exempleados municipales, que además fueron dirigentes sindicales y jefes en el área de Tránsito, fueron apartados tras quedar registrado, de manera indubitable y con fallos firmes de la Justicia, que mientras eran jefes de Tránsito acosaron sexualmente a trabajadoras precarizadas de la misma dependencia.
El secretario de Gobierno, Eduardo “Tati” Rodríguez, confirmó a El Diario que la decisión “se tomó primero con Fabián ‘Mojarrita’ Carranza, que fue el primero que tuvo un fallo firme en contra, y luego con Rubén ‘Paco’ Quevedo, que tuvo una sentencia favorable en primera instancia, luego revertida en el Tribunal Superior de Justicia”.
Agregó que se les ofreció -y ellos aceptaron- un retiro voluntario, dado que ninguno llegaba con aportes ni con la edad a acceder a la jubilación.
El Diario pudo saber que en la Secretaría Legal de la Municipalidad ya está el acuerdo con Carranza, quien percibirá el 50% del retiro voluntario en 24 cuotas. No trascendió el monto de ese retiro, pero fuentes cercanas indicaron que es “un monto menor que el sueldo” que percibía el exdependiente como empleado. La otra mitad será destinada a pagar la parte que en la sentencia condenaron a abonar a la víctima, Marcela Quiero.
El caso de Quevedo es más complejo, dado que el Tribunal Superior ordenó a pagar -a él y solidariamente a la Municipalidad- un monto superior, para cubrir no sólo los gastos médicos por el daño causado a Ivana Chialvo, sino lo que perdió de ganar de por vida. Asciende a unos 30 millones de pesos, por lo que es probable que el extrabajador municipal no pueda percibir casi nada de su retiro.
Los casos
Las situaciones que se ventilaron en la Justicia Laboral de esta ciudad comenzaron a conocerse en el año 2009, cuando un grupo de mujeres trabajadoras del área de Tránsito dijeron que sufrían por parte de sus superiores un permanente acoso sexual y laboral; dado que los acosadores “prometían” la continuidad de los contratos a los que accedían.
En esos años, Mojarrita y Paco gozaban de un gran poder en la Municipalidad. No sólo eran empleados de planta a diferencia de las víctimas que eran contratadas, sino que eran jerárquicos. Pero, además, ambos eran parte de la directiva del gremio municipal. Incluso, Quevedo fue secretario general del SUOEM.
Así las cosas, muchas de las víctimas optaron por no denunciar formalmente, otras se retiraron de ese espacio laboral y las que siguieron con la causa fueron Ivana Chialvo y Marcela Quiero.
Chialvo vivió un verdadero calvario, no sólo cuando sufrió el acoso, sino en el juicio llevado a cabo en el año 2016. Después de enfrentar a todo el sistema, quedó sin trabajo y con recurrentes problemas psiquiátricos causados por las situaciones que vivió en Tránsito. Pese a todo, siguió adelante con el patrocinio de la abogada de la CTA, Cecilia Pérez Correa, y sufrió un gran revés cuando la exjueza -hoy jubilada- Liliana Cuevas de Atienza, falló en contra diciendo que, “...si bien Quevedo reviste una personalidad proclive a formular insinuaciones, chistes de contenido sexual, piropos, exhibición de material pornográfico, etc., éticamente criticable para un encargado de área municipal, lo cierto, que dichas manifestaciones eran en general, a todas las empleadas de Tránsito”. Y concluyó que no había delito, excluyendo como prueba la pericia psiquiátrica y valorando el testimonio de Carranza como testigo, quien dijo que tenían “una relación consentida entre Chialvo y Quevedo”.
Todo parecía derrumbarse, pero recurrieron al Tribunal Superior y allí no sólo revirtieron la sentencia de la camarista villamariense, sino que, en la parte resolutiva, ordenan al exsecretario general del SUOEM y a la Municipalidad a resarcir no sólo por las ganancias perdidas por quedar incapacitada de por vida para trabajar, sino además, el daño moral que le provocaron.
El caso de Mojarrita fue distinto, dado que el juez Mario Osvaldo Samuel, aplicando perspectiva de género a los hechos analizados en la Cámara, sentenció al exempleado y a la Municipalidad a pagar los daños causados a la mujer que sufrió el acoso de su exjefe.
Si bien recurrieron también a una instancia superior, en este caso el TSJ ratificó la sentencia de Samuel, por lo que en junio de este año el fallo quedó firme.
El máximo tribunal provincial indica que la víctima “era sometida a situaciones de connotación sexual”, por lo que, para encontrar cierta estabilidad en el trabajo estaba obligada a soportar insinuaciones, expresiones o gestos que “pueden considerarse como acoso sexual”.
Se añade que la empleada fue víctima de “daño moral” y, en relación a esta figura, se destaca que se la convirtió en víctima “por su condición de mujer y trabajadora precarizada, así como por su ideología política”.
Hoy, los autores condenados por acoso sexual en el ámbito del trabajo quedaron sin empleo, pero con las garantías para llegar a jubilarse que no tuvieron sus víctimas.
