Concejo Deliberante - La edil del Frente Cívico presentó un proyecto para modificar el Estatuto del Empleado Municipal
Piden ampliar la licencia por adopción
Machicado propuso además que haya un plazo de licencia para el adoptante varón y para agentes municipales del mismo género, como así también para los cónyuges o convivientes del adoptanteTras un trabajo en conjunto con la Asociación Adoptar, Gisele Machicado (foto) propuso ampliar los plazos de licencia por adopción para los agentes municipales, equiparándolos con los establecidos en la legislación provincial a la que Villa María ha adherido.
Con ese fin la edil del Frente Cívico presentó un proyecto de ordenanza en el que se plantea la modificación del artículo 93 del Estatuto para el Personal Municipal aprobado por Ordenanza N° 5.759, donde se establecen los días con los que cuentan los empleados.
“Esta iniciativa persigue no solo la modificación de los plazos de la licencia por adopción, por la actualización de la legislación provincial a la que adherimos, sino también dar respuestas a las nuevas realidades que se plantean a diario en el ámbito de la familia, que han sido receptadas en muchos casos legislativamente, con las reformas introducidas al Código Civil, a través del dictado normas referidas al matrimonio igualitario”, señaló la edil.
“El Estatuto del Empleado Municipal debe contemplar los distintos supuestos que puedan presentarse, determinando las relaciones entre personas del mismo género, y la adopción que lleve adelante tanto una mujer como un hombre o parejas del mismo sexo”, consideró la integrante del bloque Juntos por Villa María.
“Por eso, además, el proyecto contempla la obtención de licencia especial por adopción para agentes del mismo género, como así también para agentes de sexo masculino y para el o la agente cónyuge o conviviente del adoptante”, precisó.
Cómo serían los tiempos
Con la modificación, el artículo 93° del Estatuto para el Personal Municipal dispondrá 100 días de licencia para el adoptante, en vez de 60 como está establecido actualmente, e incluirá a los varones como beneficiarios de la licencia por adopción.
Los 100 días corridos, con goce de haberes, se le concederán a la o el agente que acredite que se le ha otorgado la guarda judicial con fines de adopción de un niño de hasta siete años de edad, a partir del día hábil siguiente al de haberse dispuesto la misma.
En tanto, el o la cónyuge o conviviente del adoptante tendrá derecho a una licencia remunerada de ocho días.
En el caso de que la adopción se hubiera otorgado a una pareja compuesta por hombre y mujer y ambos fueren agentes dependientes de alguno de los tres poderes del Estado Municipal, a la mujer se le otorgará la licencia por 100 días y al varón por ocho días, salvo que ellos optaren voluntariamente por invertir dichos plazos. En cambio, si ambos miembros de la pareja fueren del mismo sexo, los plazos serán a opción de sus integrantes.
Si el niño dado en adopción fuere discapacitado, padeciera de una enfermedad grave, o se tratara de una adopción múltiple (más de dos personas), los plazos se extienden a 200 y 14 días, respectivamente.
La modificación del artículo del Estatuto también contempla que “si una agente embarazada opta por entregar al bebé con fines de adopción, tendrá derecho a un período de licencia no menor a los 20 y no mayor a los 30 días de la fecha probable de parto, y a una licencia pos parto de 30 días, salvo que por razones médicas se aconsejara un período mayor. En este último caso, el tiempo que exceda de los 30 días se considerará como licencia por razones de salud.
“En abril de 2011, el Concejo Deliberante, por medio de la Ordenanza N°6.344, adhirió a la Ley Provincial N° 9.905, donde se establece el régimen por maternidad para los agentes de los tres poderes de la administración publica provincial, en la que se amplía el plazo de la licencia por maternidad y paternidad por nacimiento de hijo. En abril de 2014 se reglamentó dicha ley, contemplando la ampliación de la licencia por adopción, estableciendo su plazo en 100 días y reconociendo nuevas formas de constitución familiar, por lo tanto, resulta menester adecuar nuestra legislación”, puntualizó Machicado.
“Cabe aclarar que este proyecto surge del trabajo mancomunado que se viene realizando con la Asociación Adoptar Villa María y de la escucha activa de sus necesidades e inquietudes”, señaló la edil del Frente Cívico para concluir.
Alrededor de 500 adopciones por año en todo el país
“El derecho a la adopción debe entenderse en el marco del paradigma actual de los derechos humanos, en el que se inserta el principio del interés superior de los niños y adolescentes. En nuestro país, este criterio rector ha sido, primero, acogido de la mano de la Convención sobre los Derechos del Niño y luego reafirmado por la Ley 26.061 y las reformas al Código Civil y Comercial de 2014. Aun así, se estima que en el país se dan 500 adopciones por año, hay en todo el territorio nacional alrededor de 800 chicos de 0 a 18 años en condiciones de ser adoptados. Entre ellos, hay 180 para los que no hay familias que tengan la disponibilidad adoptiva que estos niños requieren. Se trata de chicos más grandes, grupos de hermanos o niños con alguna discapacidad”, precisó Gisele Machicado.
