Elecciones municipales - Uno de los ideólogos de la COM opinó sobre los votos válidos para la distribución de cargos

Para Pilar Monesterolo no deben computarse los votos en blanco

El exasesor municipal aseguró que el espíritu de los convencionales fue que el Tribunal de Cuentas fuese conformado por la mayor representación posible de la oposición, por eso se estableció un porcentaje tan bajo para ingresar
martes, 2 de julio de 2019 · 11:31

A horas de que la Junta Electoral Municipal dé a conocer el resultado del escrutinio definitivo y la resolución sobre la distribución de cargos, momento en que se definirá si Nora Landart ingresa o no en el Tribunal de Cuentas de acuerdo a si se tienen o no en cuenta los votos en blanco, Pilar Monesterolo, convencional constituyente y uno de los ideólogos de la Carta Orgánica Municipal, dio su opinión sobre el tema.

El exasesor municipal dijo que al redactar la ordenanza el criterio fue conformar el Tribunal de Cuentas con la mayor representación posible de la oposición, por eso se puso un piso tan bajo para acceder al cargo. Además, aseguró que el espíritu de los convencionales fue que para la distribución de cargos se computaran solo los votos positivos, entendiendo como tal a aquellos que se emiten a través de boleta oficializada. En este sentido, Monesterolo consideró que la letra de la COM es clara y que los votos en blanco son aquellos que tienen el sobre vacío, por lo tanto no son válidos.   

“Existen distintos criterios en cuanto a la constitución de los organismos de control, en este caso, del Tribunal de Cuentas. Algunos sistemas optan por concederle la mayoría directamente a la oposición, nosotros cuando hicimos la Carta Orgánica, de cuyo proyecto fui autor y que se aprobó íntegramente sin corrección salvo en lo que hace a la reelección del intendente, que no la contemplaba, el criterio fue conformar el Tribunal de Cuentas con la mayor representación posible de la oposición, por eso se pensó en integrar a la segunda oposición, es decir, a la tercera fuerza”, explicó. 

“Entonces se estableció la posibilidad de que alcanzando un porcentaje de los votos se integrara el tercer tribuno por la segunda minoría, ese fue el espíritu y así se redactó”, agregó.

“En cuanto a los votos válidos emitidos es el mismo criterio que se utiliza en el caso de alcanzar la representación para el Concejo Deliberante: los partidos políticos para tener representación deben superar el 2% de los votos válidos emitidos. Y sobre qué son los votos válidos, no hay ninguna discusión, porque está expresamente definido en el Código Electoral de la Provincia que se aplica supletoriamente en el orden municipal y está también definido en la ordenanza que reglamenta el sistema electoral en la Municipalidad”, precisó.

“Si se lee el artículo 54 de esa ordenanza, habla de la calidad del voto y define cuáles son los votos válidos, que son aquellos emitidos en boletas oficializadas, luego habla de los votos en blanco, que son aquellos que tienen el sobre vacío. De manera que los votos en blanco no son votos válidos para la distribución de cargos, eso mismo dice la Constitución Nacional al reglamentar la elección del presidente de la Nación”, remarcó.

“Si tengo que dar una definición terminante, creo, y ese fue el espíritu de los convencionales, que deben computarse nada más que los votos positivos, aquellos que contienen una boleta oficializada”, subrayó.

“Este debate se dio en el orden nacional y hay una resolución judicial, la Cámara Electoral Nacional, en el caso Malamud, dijo que solo se tienen en cuenta los votos válidos afirmativos, porque los votos en blanco no contienen expresión de otorgar representación a nadie, es decir que no pueden ser computados”, afirmó.

“El espíritu de los convencionales fue dar una amplia representación a la minoría, en la medida en que presentaran a un mínimo de votantes afirmativos. Cuando se habla de votos válidos no se habla del total de los sufragios, sino de los emitidos en boleta oficializada, tal como lo especifica la ordenanza municipal y a los blancos no los considera entre ellos, lo mismo dice el Código electoral de la Provincia y el de la Nación”, reiteró.

“Por eso se puso un piso tan bajo del 6%, para dar la posibilidad a la tercera fuerza. En el supuesto caso de que los votos blancos superaran ampliamente a los positivos, ¿quién tendría representación?”, ejemplificó.

“En el orden local se dio una sola vez que haya ingresado la segunda minoría con representación en el Concejo Deliberante, fue en 2003, cuando la tercera fuerza ingresó un concejal y un tribuno de Cuentas, que fue Alberto Lattanzi. Esa vez, la mayoría tuvo los siete concejales, la primera minoría, que fue el radicalismo cuatro ediles y la segunda minoría uno, que fue Edgar Bernaus”, concluyó. 

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