Concejo Deliberante - Modificaron el Código de Tránsito

Endurecen la pena por tapar rampas

Desde ahora es considerado una falta grave, la sanción mínima por obstruir una rampa es de $3.561, por reincidencia puede llegar a ser de $10.683
martes, 17 de diciembre de 2019 · 10:02

El Concejo Deliberante aprobó incrementar la penaliación por tapar una rampa e impedir la circulación de personas en sillas de ruedas o con otro tipo de discapacidad en su movilidad.

El proyecto fue presentado por Mónica Lazos, exedil de Compromiso Comunitario, antes de finalizar sus funciones en el Concejo.

Puntualmente, la iniciativa modifica el Código de Tránsito e incorpora la obstrucción de rampas de accesibilidad como una falta grave. A la vez, la reincidencia a dicha infracción se considerará un agravante y se podrá elevar hasta el triple el monto de la sanción.

“En el Código de Tránsito no estaba contemplado como falta grave que un automóvil u otro vehículo obstruya una rampa. En este proyecto se modifican dos artículos: el 57, en el que se incorpora como falta grave el estacionamiento de vehículos en lugares reservados para personas con discapacidad o la obstrucción de las rampas de accesibilidad existentes con un vehículo. Y el 60, que incluye entre los agravantes que el infractor sea reincidente en la comisión de esta falta, lo que posibilitará el aumento de la sanción hasta el triple”, señaló Lazos.

La sanción mínima por obstruir las rampas es de 150 unidades de multa (UM), que al día de hoy es un mínimo de 3.561 pesos, y puede elevarse al triple por reincidencia, esto es 10.683 pesos, de acuerdo al precio de la nafta súper en la actualidad.

El proyecto fue aprobado por unanimidad.

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