Concejo Deliberante - Ediles reciben a Paschetto y Aliciardi en la Comisión de Acuerdos

Comienzan a analizar la modificación del Código de Faltas

En el proyecto se plantea incorporar la figura del trabajo comunitario y la posibilidad de que los jueces den planes de pagos para las multas
miércoles, 2 de octubre de 2019 · 10:22

En el marco de la Comisión de Acuerdos, los concejales recibirán hoy a los jueces de Faltas, Héctor Paschetto y Julio Aliciardi, para analizar un proyecto de ordenanza presentado por el concejal Mauro Beltrami para adecuar el Código de Faltas, que es del año 1996 y nunca se modificó.

“Hubo modificaciones de ordenanzas posteriores, pero hay partes del Código que quedaron de aquella época, entonces lo que se hizo fue trabajar todas esas faltas que estaban desperdigadas en distintas ordenanzas e incluirlas en un mismo cuerpo, con el fin de tener un texto ordenado del Código de Faltas”, explicó Beltrami.

“Hay nuevas ordenanzas que involucran sanciones que están por fuera del Código de Faltas, como por ejemplo, la de las antenas, que en el año 96 no eran un problema y ahora hay un capítulo sobre ellas con sanciones, o algunas cuestiones del arbolado público, o la ordenanza que aumenta las penas para el maltrato animal, ahora todas esas sanciones van a estar dentro de un cuerpo único del Código de Faltas”, indicó.

“Es adecuar todas las ordenanzas sueltas que fueron modificando el Código al incorporar nuevas faltas, es compilar todas esas sanciones que estaban por fuera para volver a tener un único cuerpo en el Código de Faltas”, reiteró.

“Además, todas las sanciones estaban expresadas en pesos y ahora el valor se determina en unidades fijas denominadas unidad de multa, cada una de las cuales equivale al 40% del precio de un litro de nafta súper del Automóvil Club Argentino, que irán de un mínimo de 30 UM a un máximo de 20 mil UM para los casos más graves, ”, señaló.

“En la parte general del proyecto incorpora la figura del trabajo comunitario, que ya está contemplado en el Código de Tránsito pero no en el de Faltas; también da la posibilidad de que para los pagos, los jueces de Faltas tengan alguna discrecionalidad para dar hasta 10 cuotas en el caso de multas elevadas, y si son personas de bajos recursos, que tengan la posibilidad de ampliar más esas cuotas”, remarcó el concejal.

 

Detalles del proyecto

Según la iniciativa, “este Código regirá el juzgamiento de las faltas o contravenciones a las disposiciones municipales y a las normas provinciales y/o nacionales cuya aplicación competa a la jurisdicción de la Municipalidad de Villa María, con excepción de aquellas que tengan atribuido o para las que se prevea un procedimiento propio”.

Asimismo, tendrá plena vigencia, previa autorización expresa de la Comunidad Regional General San Martín, para faltas o contravenciones originadas y cometidas en una zona de influencia, fuera del ejido, pero que tenga consecuencias o efectos sobre el territorio de la ciudad o sus habitantes o que violenten derechos fundamentales establecidos en la Carta Orgánica Municipal (COM).

En el mismo sentido, dispone “que requieran autorización y habilitación municipal los establecimientos de cualquier naturaleza y/o actividad que, aunque instalados fuera del ejido municipal, su desenvolvimiento pudiera causar efectos o vulnere garantías, derechos y obligaciones establecidas en la COM. A tal fin, el Ejecutivo Municipal requerirá una autorización expresa y delegación de facultades a la Comunidad Regional San Martín”.

Son imputables como sujetos de faltas, tanto las personas físicas como jurídicas y responden solidariamente por las infracciones cometidas por sus representantes. Se establece, de igual modo, la responsabilidad solidaria de los padres y tutores respecto de las faltas cometidos por sus hijos o tutelados, sin perjuicio de la responsabilidad personal que al infractor le pudiere corresponder.

Las sanciones que este Código establece son: amonestación, multa, decomiso, clausura, inhabilitación, trabajo comunitario, arresto y caducidad de la habilitación o permiso.

Como explicó Beltrami, el Juzgado Municipal de Faltas podrá autorizar un plan de pago de las multas, que podrá ser hasta en 10 cuotas, que no podrán ser inferiores a 5 UM.

En cuanto al trabajo comunitario, en el proyecto se especifica que son las tareas que realizará el infractor en lugares públicos y en beneficio de la sociedad.

“El cumplimiento de trabajos comunitarios por el infractor deberá efectuarse en establecimientos asistenciales, de enseñanza estatal o privada, parques, paseos, dependencias oficiales y otras instituciones de bien público, salvo juzgados y dependencias policiales. El trabajo será de hasta 10 horas semanales, no pudiendo la sanción superar las 40 horas”, precisa el texto.

A la vez, el infractor puede ser obligado a asistir a un curso educativo relacionado con temas de interés general para la comunidad y que en la medida de lo posible tengan relación con la conducta observada por el infractor. El curso educativo no podrá exceder de cuatro horas semanales de duración.

La iniciativa remarca que graduación de las sanciones se hará teniendo en cuenta, entre otras cosas, la gravedad del hecho y los antecedentes infraccionales. A la vez, establece que si el infractor opta por el pago voluntario de la multa abonará el 75% del mínimo de la sanción correspondiente para la infracción de que se trate y que, para el caso de infractores reincidentes, es decir, el que cometa la misma falta dentro del término de un año, la sanción será el doble.

 

0%
Satisfacción
0%
Esperanza
100%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia