No podrán liberar la traza del España hasta el 15 de febrero

miércoles, 16 de enero de 2019 · 00:00
La apertura del bulevar - Decisión de la Justicia Lo definió un juez, en un día en el que hubo los primeros movimientos sobre el terreno que se convirtió en el único obstáculo para el desarrollo de la obra El juez Sebastián Monjo firmó ayer una medida de no innovar que consiste en la prórroga del plazo para el desalojamiento de un inmueble que fue expropiado para la apertura del bulevar España. La novedad se conoció al cierre de la actividad tribunalicia, tras una mañana en la que habían existido movimientos por parte de la empresa que ejecuta la extensión del bulevar, puntualmente sobre esa arteria. En su determinación, el magistrado estableció que hasta el 15 de febrero regirá el plazo de desalojo, por lo que prohibió hasta entonces al municipio, a la Provincia y a la empresa contratista que ingresen a la vivienda o sede social objeto de expropiación. De esta manera, todo indica que se verán resentidos los trabajos consistentes en extender la neurálgica arteria hasta el portón de acceso al Campus de la Universidad Nacional de Villa María, que lleva adelante la firma villanovense Arrow SRL con financiamiento del Estado provincial.   Una jornada clave La mañana de ayer arrancó como clave en el desarrollo de la obra porque se llevaron adelante las primeras medidas tendientes a poder iniciar la liberación de la traza, lo que ocurrió cuando todavía no se conocía la definición de la Justicia. Así, trabajadores de la empresa adjudicataria empezaron a extraer el alambrado del terreno de 100 metros que se ha convertido en el único obstáculo que existe para la extensión del España en la actualidad. La idea era avanzar en la quita del alambrado y de algunos árboles, pero no tocar nada de la propiedad que es objeto de una fuerte controversia, y cuyos propietarios se encuentran muy molestos con el Gobierno local, tal como lo indicaron en una nota con El Diario publicada el lunes. Por esas mismas horas se había concretado una audiencia convocada por el juez, en la que las partes (el Estado local y los dueños de ese lote) no llegaron a un acuerdo. Minutos antes de conocer lo determinado por Monjo, el asesor letrado de la Municipalidad, Oscar Barroso, explicó a este matutino que la Municipalidad tiene posesión sobre estas tierras desde el 28 de diciembre pasado. “Hasta hoy no hicimos nada, cuando podríamos haberlo hecho”, sostuvo el funcionario. Apuntó que “el municipio tomará todas las medidas de seguridad por si queda algún tipo de desprotección respecto a alambres que se cortan y se dispondrá una consigna policial para garantizar los bienes de la razón social que explota la distribución y depósito de gas allí”. “No se tocará nada de lo relacionado con lo del gas hasta tanto la Secretaría de Energía de la Nación nos autorice o conteste a los trámites que se están haciendo ante esa repartición para lograr que retiren todo”, especificó Barroso. Todos los planes y especulaciones quedaron desechados cuando llegó la novedad judicial, que viene a representar un serio escollo para el avance de las tareas, ya que la extensión de la arteria se encuentra pavimentada en un 80% y el grueso de los trabajos que faltan están determinados por el inmueble en controversia. [caption id="attachment_37831" align="aligncenter" width="709"] El fallo del juez llegó justo cuando las máquinas avanzaban sobre la zona de los depósitos de Molle Gas[/caption]

Las razones del plazo dispuesto por el juez

El juez entendió que corresponde otorgar la medida de no innovar hasta el 15 de febrero de 2019. “Ese plazo se compone de la siguiente manera: a) La toma de posesión se efectuó el 28/12/2018, momento a partir del cual comenzó a correr el plazo para el desalojo de los terceros con contrato de locación; b) Es decir, el plazo máximo para que los terceros abandonen el inmueble vence el día 28/01/2019; c) A ese plazo se le adiciona, a través de esta medida de no innovar 17 días más, razón por la cual los terceros deben desalojar el inmueble el día 15/02/2019. Si bien puede parecer exiguo a los terceros, entiendo que ello no es así por cuanto los mismos debieron prever (juicio de previsibilidad) los pasos necesarios para la mudanza de los servicios y las actividades vinculadas a su objeto social, desde la ordenanza municipal que declaraba de Interés o Utilidad Pública el inmueble. Asimismo, si bien puede parecer amplio el plazo para la Municipalidad ya que excede el legal, las circunstancias obligan a los operadores jurídicos a adoptar medidas tendientes a evitar provocar daños a terceros y, especialmente, la sensibilidad necesaria para afrontar aspectos relevantes como son contar con servicios básicos domiciliarios y preservar el capital social de las empresas”, escribió el magistrado.