A partir de los 12 años
Aprueban la prisión perpetua para menores en El Salvador
Solo se impondrá a los homicidas, violadores y terroristas (pandilleros);?la medida también contempla revisiones periódicas de la penaLa Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una serie de reformas legales que facultan la imposición de la prisión perpetua a menores de edad, a partir de los 12 años, cuando incurran en delitos considerados graves.
Esta medida se fundamenta en la reciente ratificación de una reforma constitucional que autoriza la cadena perpetua en el país, extendiendo su alcance a los adolescentes con el objetivo declarado de combatir las estructuras delincuenciales y pandilleriles.
La reforma
El nuevo marco legal modifica el Código Penal, la Ley Penal Juvenil, la Ley Especial Contra Actos de Terrorismo y la Ley contra el Crimen Organizado.
Bajo el régimen anterior, los menores de entre 12 y 15 años recibían una sanción máxima de 10 años de internamiento, mientras que para los mayores de 16 el límite era de 15 años, sin embargo, con la reforma actual, la pena perpetua se establece como la condena obligatoria para adolescentes de entre 12 y 18 años que cometan homicidio, feminicidio, violación o pertenezcan a pandillas. En estos casos, los jueces deberán imponer la máxima sanción de manera imperativa cuando la infracción esté tipificada como perpetua en el Código Penal.
De manera paralela, la reforma establece la exclusión total de los procesos ordinarios de la Ley Penal Juvenil para aquellos adolescentes procesados bajo la Ley contra el Crimen Organizado. Esta disposición permite que los menores vinculados a organizaciones criminales sean sometidos a juicios masivos y comparezcan ante Tribunales Especializados en Crimen Organizado en lugar de sistemas de justicia juvenil. Bajo estas reglas, los procesos judiciales pueden prolongarse hasta 36 meses y los condenados cumplirán sus sentencias en centros penitenciarios de adultos, aunque manteniendo una separación física basada en la edad.
Asimismo, se ha modificado la Ley Especial Contra Actos de Terrorismo para ampliar la definición de estas organizaciones y elevar las penas de prisión.
Integrar un grupo terrorista ahora conlleva condenas de entre 20 y 30 años, mientras que para los cabecillas o fundadores las penas se elevan a un rango de entre 40 y 60 años.
En cuanto a los cómplices de delitos sancionados con prisión perpetua, la reforma elimina los límites previos y establece que su condena se fijará entre la mitad del plazo y el tiempo previsto para la primera revisión de la pena perpetua, aclarando que en ningún caso “la pena a imponer al cómplice será perpetua”.
Respecto a la ejecución de la pena, las nuevas disposiciones introducen una revisión obligatoria de la prisión perpetua para menores una vez que estos hayan cumplido 25 años de reclusión. Hasta que se cumpla ese plazo, el régimen de libertad controlada permanecerá restringido. Por otro lado, para delitos graves que no alcancen la categoría de perpetuidad, como la extorsión o el robo agravado, se mantendrá un internamiento máximo de 15 años.
Estas medidas, aprobadas sin debate por parte de las fracciones legislativas durante la sesión plenaria, entrarán en vigencia 30 días después de su publicación en el diario oficial.
