NOTA Nº 585, escribe Jesús Chirino
La Capital de la República ¿estuvo en nuestra zona?
Hace unos días, sentado en una coqueta heladería a la vera del Ctalamochita, vi pasar a una veintena de ciclistas que detuvieron su andar frente al mirador “Carlos Pizzorno”. Quien oficiaba de guía turístico comentó, de manera muy correcta, datos relacionados con la ciudad. Habló del golpe de Estado que sacó de la Intendencia a Pizzorno, luego comenzó a referirse a “cuando Villa María fue capital del país”. Ante esa exposición pensé que cada tanto nos da nostalgia de lo que nunca sucedió y salimos a decir que por un día esta ciudad fue capital. A veces, cuando no cedemos a un sentimiento de imperialismo de pago chico, sumamos a la vecina Villa Nueva y decimos que las dos localidades fueron capital. Pero, la pregunta viene cada tanto a la discusión pública y pareciera que no existe respuesta que la termine de saldar: ¿alguna de estas ciudades fue capital del país?
Un proyecto de ley
Durante el año 1871, cuando estaba a punto de cumplirse cuatro años desde el trazado del plano de Villa María, dos diputados nacionales presentaron un proyecto de ley planteando la creación de una "comisión” integrada por un ministro del Poder Ejecutivo Nacional, “dos senadores y dos diputados elegidos por el presidente de la República, acompañados de los ingenieros que ella juzgue necesarios". Esta comisión propuesta en el Congreso Nacional tendría como misión "…examinar si a inmediaciones de Villa María y Villa Nueva, sobre una u otra margen del río Tercero de la provincia de Córdoba, se encuentra alguna localidad que reúna las condiciones necesarias para establecer en ella la capital de la República".
La autoría de ese proyecto de ley, fechado el 13 de septiembre de 1871, correspondió al diputado por Buenos Aires Eduardo Costa y al diputado por San Juan, Santiago Cortínez. En el segundo artículo del proyecto se disponía que la referida comisión informará acerca de las "condiciones de salubridad", disponibilidad de agua y "fertilidad de la tierra" en la zona a estudiar. Todo se incluiría en un "informe detallado" que debía exponerse: "Al abrir las sesiones del Congreso el año próximo…" (es decir 1872).
La propuesta pasó a la Comisión de Negocios Constitucionales de la Cámara y se aceleraron los tiempos legislativos. El legislador por Buenos Aires, Guillermo Rawson, en su calidad de miembro informante de esta Comisión manifestó cómo se expidió la misma. En una extensa alocución ante la Cámara de Diputados, de manera entusiasta, remarcó las conveniencias políticas y geográficas de establecer la capital en la zona señalada.
Luego de algunas reformas, no sustanciales, del proyecto, el 19 de setiembre de 1871 quedó sancionado como ley por el Congreso de la Nación. En sus primeros artículos se estableció la federalización del punto geográfico denominado Villa María. También quedó establecido que se demarcaría un área cuadrada de 26 kilómetros por costado, cuyos límites serían fijados por una comisión compuesta por legisladores y el ministro del Interior. Por otra parte se estableció que la capital de la Nación se erigiría en el centro del territorio que delimitara la mencionada comisión. Para ello se declararía sujeta a expropiación "por causa de utilidad pública" un área de 10 kilómetros por costado. Es decir que se marcaría un área mayor, en cuyo centro se limitaría una menor (para expropiarla) y en ésta se fundaría la ciudad que sería la capital la cual no llevaría la denominación de las existentes Villa María o Villa Nueva. Explícitamente se dejó asentado que la capital se denominaría "Rivadavia". Es decir que el proyecto votado como ley por el Congreso, no dice que Villa Nueva o Villa María serían capital.
Proyecto de ley que no entró en vigencia
De manera rápida y en sintonía con la opinión mayoritaria en el Congreso Nacional, la Legislatura de Córdoba sancionó una ley para que el Poder Ejecutivo provincial pudiera ceder a la Nación cualquier punto de nuestra provincia que fuera fijado como capital de la República.
Pero a nivel nacional las cosas fueron tomando otro rumbo. El proyecto aprobado por el Congreso fue remitido al Poder Ejecutivo Nacional para que el presidente de la República, Domingo Faustino Sarmiento, lo promulgara como Ley de la República. Pero el sanjuanino optó por vetarlo. Es decir que la Ley no estuvo en vigencia.
El historiador Pablo Granado, en su obra de 1975, manifiesta que ni Villa Nueva, y tampoco Villa María, fueron capital nacional. El razonamiento que lo lleva a señalar esto de manera categórica se basa en que, según el proyecto de ley, solo estaba previsto federalizar un área de 26 kilómetros de lado en el punto denominado Villa María. Sin aclarar si esta localidad quedaría en un vértice, en el centro o en uno de los costado del terreno demarcado. Recordemos que el proyecto señalaba de manera expresa que la capital se erigiría en "el centro" del área a delimitar. Claramente las ciudades existentes podrían quedar fuera de la sede central del Gobierno nacional. Luego de otras consideraciones Granado escribió: "Todo esto nos permite aseverar que ni Villa Nueva ni Villa María fueron declaradas Capital Federal en ningún momento, y si lo fue alguna, no tuvo ninguna validez legal esa declaración" (por el veto).
Aquel veto y nueva posibilidad
El mensaje de Sarmiento al "Honorable Congreso Legislativo de la Nación" fue fechado el día 27 de septiembre de 1871. El presidente iniciaba la misiva señalando que le pedía al Congreso que se sirviera "…reconsiderar el proyecto de ley sobre la creación de una capital en Villa María, que le ha sido remitido con fecha 15 del corriente mes, en virtud de las consideraciones siguientes…". Luego decía que el mismo Congreso, en 1868, había declarado capital a Rosario, pero el presidente de entonces vetó la ley.
En su veto el presidente agitó el fantasma del caudillismo. Señaló que trasladar la "sociedad culta" a esta zona sería "… tentar a la provincia", cuando, según él, recién había cesado "la última tentativa que han producido los caudillos para conservar su predominio". Sostuvo que establecer el Gobierno en esta región significaría "…poner por diez años el Gobierno nacional en la campaña, sin que tenga siquiera los medios para civilizar lo que lo rodea. Su jurisdicción solo se extendería a veinte kilómetros enclavados en una parte despoblada de nuestro territorio, constituyendo una extensión inferior a la de muchas de nuestras estancias…".
Luego que el Poder Ejecutivo fijara esta posición, el 28 de septiembre, la Comisión de Negocios Constitucionales del Senado presentó un despacho mediante el cual aconsejaba la insistencia en la sanción de la ley. El 30 de septiembre, el Senado de la Nación aprobó Nuevamente el proyecto de ley. Pero ese mismo día, la Cámara de Diputados no pudo insistir en su aprobación, de allí que el proyecto quedó sin efecto.
Roberto Libedinsky, en el tomo II del "Plan de desarrollo de la ciudad de Villa María", editado en 1967, rescató algunos artículos periodísticos de la época. Así nos enteramos que el diario "La Nación", el tercer día de octubre de 1871, publicó: "Ultima hora, la cuestión del veto. Anoche se votó en la Cámara de Diputados la cuestión del veto. Tomaron la palabra los doctores Rawson y Costa, el uno en pro y el otro en contra del veto. El resultado de la votación fue el siguiente: 18 por sí y 18 por la no insistencia. El presidente proclamó la no insistencia. En consecuencia el proyecto de ley de capital permanente ha quedado desechada y Villa María se ha bajado del pedestal en que por algunos días se ha mantenido haciendo difíciles pruebas de equilibrio".
Es decir que se aprobó un proyecto de ley que establecía la federalización de un área a demarcar por una comisión, cuestión que nunca sucedió pues la ley fue vetada. Al insistir en su votación la Cámara de Diputados no pudo lograr una votación favorable. Actualmente un candidato presidencial, con posibilidades de ganar las próximas elecciones, plantea establecer una capital alterna por provincia. Quizás esta vez la ciudad pueda ser capital nacional.
